Causa nº 1367/2010 (Casación). Resolución nº 16395 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 17 de Mayo de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 212241691

Causa nº 1367/2010 (Casación). Resolución nº 16395 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 17 de Mayo de 2010

JuezS Gabriela Pérez P.,Urbano Marín V.,Patricio Valdés A.
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
Número de registrocor0-tri6050000-rec13672010-tip4-fol16395
Número de expediente1367/2010
Fecha17 Mayo 2010
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Partes contra

Santiago, diecisiete de mayo de dos mil diez.

Vistos:

En los autos rol Nº 7.035 del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Varas, don H.S.V.S. dedujo demanda en contra del Banco Santander Chile, representado por M.G.P., a fin que su despido sea declarado injustificado, por cuanto en la carta de aviso no se expresan los hechos en que se funda la causal de necesidades de la empresa invocada y a su vez, solicita el pago del bono de gestión trimestral correspondiente al mes de octubre de 2008, y que éste sea considerado en la base de cálculo de las indemnizaciones a que tiene derecho, correspondientes a las sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, recargada en un treinta por ciento, de conformidad al artículo 168 letra a) del Código del Trabajo, todo ello con reajustes, intereses y costas.

La demandada, evacuando el traslado conferido, solicitó el rechazo de la acción deducida en su contra, con costas, por cuanto en su concepto el despido fue justificado, ya que en la carta se expresó que las necesidades de la empresa derivaban de la racionalización, reorganización y reestructuración del área en la cual trabajador prestaba servicios. A su vez, no procede el pago del bono de gestión del último trimestre ya que no cumple con el requisito de estar activo a la fecha del pago que corresponde a noviembre de 2008, mes siguiente al del despido y por tanto, tampoco procede su inclusión en la base de cálculo de las respectivas indemnizaciones, que ya fueron pagadas por la institución.

Por sentencia de primera instancia, escrita a fojas 138 y siguientes, se rechazó la demanda en todas sus partes, sin costas, decisión contra la cual el actor dedujo casación en la forma y apelación.

La Corte de Apelaciones de Puerto Mo ntt, en fallo de treinta uno de diciembre de dos mil nueve, que se lee a fojas 185 y siguientes, declaró sin lugar el recurso de casación formal y revocó el fallo en alzada, sólo en cuanto declaró que el despido fue injustificado y condenó a la demandada a pagar al actor la indemnización por años de servicios, sobre la base del promedio de las tres últimas liquidaciones de sueldo, sin considerar el bono de gestión trimestral solicitado, limitándola al equivalente a once meses, decretando que su pago se haga con el aumento del treinta por ciento, más reajustes, intereses y costas y por último, ordenó rebajar a dichas sumas la ya pagada por el demandado, debidamente reajustada, ascendente a $24.916.919.

En contra de...

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