Causa nº 1182/2010 (Casación). Resolución nº 1182-2010 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 27 de Mayo de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 212241975

Causa nº 1182/2010 (Casación). Resolución nº 1182-2010 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 27 de Mayo de 2010

JuezPatricio Valdés A.,S Gabriela Pérez P.,Urbano Marín V.,Rosa Egnem S.,Luis Bates H.
Sentido del falloRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Corte en Segunda Instancia C.A. DE SAN MIGUEL
Partes PALAVECINO SAAVEDRA JOSE CON MADECO S.A
Fecha27 Mayo 2010
Número de expediente1182-2010
Rol de ingreso en primera instanciaL5392007
Ruc000000000-0
Tipo de proceso(Trabajo) Casación Fondo
Rol de ingreso en Cortes de Apelación5052009
Número de registrocor0-tri6050000-rec11822010-tip4-fol18101
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)

Santiago, veintisiete de mayo de dos mil diez.

Vistos:

Ante el Primer Juzgado del Trabajo de San Miguel, en autos rol Nº 539-07, don J.P.S. deduce demanda en contra de Madeco S.A., representada por don T.D.? O.L. o por don R.M.M., a fin que se declare la injustificación de su despido y se ordene el pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, ésta última con el incremento legal que corresponda y reajustes, intereses legales y las costas de la causa.

La demandada, contestando la demanda, solicitó su rechazo, con costas, sosteniendo que el despido del actor fue justificado y que tiene derecho a la indemnización legal o convencional según opte, calculándose cada una de acuerdo con las normas pertinentes; y, que en todo caso, no procede que la indemnización convencional se pague con el recargo, ya que éste se aplica sólo a la indemnización legal.

El tribunal de primera instancia, en fallo de seis de noviembre de dos mil nueve, escrito a fojas 131, declaró injustificado el despido del actor y condenó a la demandada al pago de las sigu ientes sumas: a) $ 709.798 por indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $9.227.374 por indemnización por trece años de servicios; c) $2.768.212 por 30 % del incremento legal; d) $ 496.860 por feriado legal, y d) 169.330 por feriado proporcional, con los reajustes e intereses establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, sin costas.

Se alzó la demandada y una de las salas de la Corte de Apelaciones de San Miguel, en sentencia de veinticuatro de diciembre del año dos mil nueve, que se lee a fojas 171, la confirmó sin modificaciones.

En contra de esta última sentencia, la demandada deduce recurso de casación en el fondo, solicitando su anulación y la dictación de la de reemplazo que describe.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que la recurrente denuncia la infracción del inciso primero del artículo 168 del Código del Trabajo, la que se habría producido al determinarse que las indemnizaciones contractuales o convencionales por años de servicios, en el caso de los despidos injustificados, se incrementan de acuerdo con la referida disposición legal. Agrega que la norma denunciada fue incorrectamente aplicada por los jueces del grado pues, según se desprende de su claro tenor, la única indemnización que puede aumentarse es la establecida en el inciso segundo del...

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