Causa nº 2163/2010 (Otros). Resolución nº 25314 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 20 de Julio de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 218887613

Causa nº 2163/2010 (Otros). Resolución nº 25314 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 20 de Julio de 2010

Fecha de Resolución20 de Julio de 2010
MovimientoRECHAZA,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA
Rol de Ingreso2163/2010
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veinte de julio de dos mil diez.

Vistos:

En estos autos RUC N° 0940025805-5 y RIT N° 0-10-2009 del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, doña R.J.J.M. y otras deducen demanda en contra de la Municipalidad de Puerto Montt, a fin que se declaren injustificados sus despidos por estar amparadas por fuero maternal y ser improcedente la causal invocada; en consecuencia, se condene a la demandada a pagarles las cantidades que señalan, por concepto de remuneraciones mensuales hasta el término del fuero e indemnización sustitutiva del aviso previo, más reajustes, intereses y costas.

Evacuando el traslado conferido, la demandada opuso la excepción de caducidad establecida en el artículo 201 del Código del Trabajo y alegó la improcedencia de la demanda sobre la base de la misma alegación de caducidad.

En la sentencia definitiva, de treinta de diciembre de dos mil nueve, el tribunal acogió la excepción de caducidad de la acción de reclamo por despido en relación con todas las demandantes y, en cuanto al fuero maternal, acogió dicha excepción sólo respecto de la demandante Á., desestimándola para las demás, en cuyo favor acogió la acción de despido ilegal por infracción al fuero maternal y condenó a la demandada a pagar las cantidades que señala por concepto de remuneraciones hasta el término del fuero, más reajustes e intereses y sin costas.

En contra del referido fallo, la demandada interpuso recurso de nulidad, el que fundó en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, la que describe en su presentación.

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt, conociendo del recurso de nulidad señalado, por resolución de dos de marzo del año en curso, lo acogió por las razones q ue allí se expresan.

En contra de la decisión que falla el recurso de nulidad, la parte demandante interpone recurso de unificación de jurisprudencia solicitando que esta Corte lo acoja y dicte la correspondiente sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia en el sentido que expone.

Se ordenó traer estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 483 y 483 A del Código del Trabajo, el recurso de unificación de jurisprudencia procede cuando respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de tribunales superiores de justicia. La presentación respectiva debe ser fundada...

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