Causa nº 4422/2010 (Casación). Resolución nº 39740 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 20 de Octubre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 226091783

Causa nº 4422/2010 (Casación). Resolución nº 39740 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 20 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2010
MovimientoACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE
Rol de Ingreso4422/2010
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veinte de octubre de dos mil diez.

Vistos:

En estos autos rol N°1084-2008, del Quinto Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña V.G.G. demandó a la Sociedad Hipódromo Chile S.A., representada por don L.I.S.M., a fin que se declare que las asignaciones de colación y movilización deben incluirse en la base de cálculo de la indemnización sustitutiva del aviso previo y de la indemnización por años de servicio y que, en consecuencia, la demandada debe pagarle las diferencias que se originan en ambas prestaciones, con más los intereses y reajustes a que se refiere el artículo 173 del Código del Trabajo, con costas.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de diecisiete de abril de dos mil nueve, escrita a fojas 40 y siguientes, acogió la demanda en cuanto ordenó a la empleadora pagar a la actora la suma de $299.376.- por diferencias en la indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicio, con los reajustes e intereses legales establecidos en el artículo 173 del Código del Trabajo, sin imponerle condena en costas, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar.

Se alzó la empresa y la Corte de Apelaciones de Santiago, por fallo de veintitrés de marzo del año en curso, que se lee a fojas 59, lo confirmó.

En contra de esta última resolución, la Sociedad Hipódromo Chile S.A. deduce recurso de casación en el fondo, por haber sido dictada, a su juicio, con infracciones de ley que han influido en su parte dispositiva, a fin que se invalide la sentencia y se dicte la de reemplazo que detalla.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que la demandada recurre de casación en el fondo por estimar vulnerados los artículos 41 y 172 del Código del Trabajo, fundada en que la sentencia atacada concluye contra texto expreso de la ley, que las asignaciones de movilización y colación deben ser incluidas para los efectos de la base de cálculo de la indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, pues estima que el artículo 41 es una norma de carácter general con relación al artículo 172 del mismo código, que es especial y que debe primar sobre aquél. Pero dicha afirmación es errada. Los artículos 41 y 172 del Código del Trabajo son claros, no presentan oposición ni contradicción y su interpretación armónica debe llevar, necesaria e irremediablemente a concluir que dichos conceptos no pueden ser considerados dentro de la base imponible, por la sencilla razón que no constituyen remuneración., ya que el legislador las excluye, de manera que cualquier interpretación en contrario, estaría vulnerando el texto de la ley. Indica que el artículo 172 no se opone a lo dispuesto en el artículo 41 y no pretende modificarlo, y ello ha sido así determinado por este tribunal, en las sentencias que cita.

Por ello, cuando se hace referencia a ?ultima remuneración? es necesario remitirse a lo prescrito en el artículo 41 del Código del Trabajo, ya que es esta norma la que define...

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