Causa nº 1972/2011 (Otros). Resolución nº 44293 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 5 de Octubre de 2011
Juez | Maria Eugenia Sandoval G.,Roberto Jacob Ch.,Luis Bates H. |
Fecha | 05 Octubre 2011 |
Número de registro | cor0-tri6050000-rec19722011-tip4-fol44293 |
Número de expediente | 1972/2011 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Santiago, cinco de octubre de dos mil once.
Vistos:
En estos autos RUC N° 1040036836-3 y RIT N° T-22-2010 del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco, don C.E.C.O. y otros deducen demanda en contra de la Intendencia Regional de La Araucanía, representada por don A.M.M. y del Ministerio del Interior, representado por don R.H.K., a fin que se declare, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 485 del Código del Trabajo, que sus despidos lo han sido con infracción de las normas dispuestas en los artículos 2º de ese cuerpo legal y 19 Nº 1 inciso primero y Nº 4 de la Constitución Política de la República, en consecuencia, se condene a los demandados a pagarles las remuneraciones desde el 1º de julio y hasta el término del contrato, esto es, 31 de diciembre de 2010 y once meses de remuneraciones por concepto de la indemnización especial que establece el artículo 489 del Código del ramo, más intereses, reajustes y costas.
La parte demandada, el Fisco de Chile, al contestar, opuso, entre otras argumentaciones, la excepción de incompetencia absoluta del tribunal, basada en que los actores tienen la calidad de funcionarios públicos sujetos a un estatuto especial que no es otro que el Estatuto Administrativo. Dicha excepción fue desestimada en la audiencia preparatoria y el Fisco interpuso reposición, la que también fue rechazada.
En la sentencia definitiva, de dos de noviembre de dos mil diez, se acogió la demanda y se declaró que el Fisco de Chile, a través de las actuaciones del Intendente de la Región de La Araucanía y del Ministro del Interior, ha vulnerado derechos fundamentales de los denunciantes con ocasión del término anticipado de sus contratas, estableciéndose como medida reparatoria la condena a pagar la suma que indica para cada uno de los actores, más reajustes, intereses y costas.
En contra de la referida sentencia, el Fisco de Chile interpuso recurso de nulidad, el que fundó en las causales del artículo 477 y 478 letras a), b) y c) del Código del ramo.
La Corte de Apelaciones de Temuco, conociendo del recurso de nulidad reseñado, en resolución de ocho de febrero del año en curso, lo rechazó, al igual que el recurso que fue deducido por la parte demandante.
En contra de la resolución que falla el recurso de nulidad, la demandada deduce recurso de unificación de jurisprudencia solicitando que esta Corte lo acoja y dicte una de reemplazo en unificación de jurisprudencia, que acoja la excepción de incompetencia del tribunal, alegada en tiempo y forma por su parte y que, con su mérito, rechace la demanda.
Se ordenó traer estos autos en relación.
Considerando:
Que el recurrente argumenta que la materia de derecho sobre la cual solicita se unifique jurisprudencia versa sobre la competencia de los juzgados del trabajo para conocer de una demanda de tutela laboral por vulneración de derechos con ocasión del término anticipado de contratas de...
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Recurso de queja (4)
...mencionados, arts. 540 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de 6 de noviembre de 1972, publicado en el D. O. de 1º de diciembre de 1972. RUEGO A V.S.I.: se sirva tener por deducido recurso de queja en contra del Sr. Magistrado Titular re......
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Nº 3- Queja. Certificación
...los artículos mencionados, art. 540 y Ss., del Código Orgánico de Tribunales, y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de 6 de noviembre de 1972, publicado en el D.O. de 1º de diciembre de PIDO A USÍA ILUSTRÍSIMA: Decrete tener por deducido recurso de queja en contra del Sr. Magistrado Ti......
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Certificación de ejecutoria (1)
...efectos de interponer recurso de queja, de acuerdo con lo dispuesto en el Nº 1º del Auto Acordado de la E. Corte Suprema de 6 de noviembre de 1972, publicado en el Diario Oficial de 1º de diciembre de 1972, RUEGO A US.: se sirva ordenar dicha certificación, al pie de este escrito; y hecho, ......
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Certificación al pie y devolución en original, para interponer recurso de queja (2)
...efectos de interponer recurso de queja, de acuerdo con lo dispuesto en el Nº 1º del Auto Acordado de la E. Corte Suprema de 6 de noviembre de 1972, publicado en el Diario Oficial de 1º de diciembre de 1972, RUEGO A US.: se sirva ordenar dicha certificación, al pie de este escrito; y hecho, ......
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Recurso de queja (4)
...mencionados, arts. 540 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de 6 de noviembre de 1972, publicado en el D. O. de 1º de diciembre de 1972. RUEGO A V.S.I.: se sirva tener por deducido recurso de queja en contra del Sr. Magistrado Titular re......
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Nº 3- Queja. Certificación
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Certificación de ejecutoria (1)
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Certificación al pie y devolución en original, para interponer recurso de queja (2)
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