Causa nº 7502/2010 (Otros). Resolución nº 12568 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 31 de Marzo de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 333764814

Causa nº 7502/2010 (Otros). Resolución nº 12568 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 31 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2011
MovimientoACOGE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA
Rol de Ingreso7502/2010
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, treinta y uno de marzo de dos mil once.

Vistos:

En autos RUC N° 09-40018397-7 y RIT N° O-99-2009, del Juzgado de Letras del Trabajo de Calama, don D.A.S.J. deduce demanda por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales en contra de Diseño y Paisajista Limitada, representada por don D.C.D.; y, solidariamente en contra de la Municipalidad de Calama, representada por su alcalde don E.V.N.; a fin de que sean condenadas a pagarle, en las calidades ya indicadas, las remuneraciones, indemnizaciones y prestaciones que indica, con reajustes, intereses y costas.

La demandada Diseño y Paisajista Limitada, no evacuó el trámite de la contestación de la demanda.

La Municipalidad de Calama, al evacuar el traslado que le fuera conferido, solicita su rechazo al carecer de fundamentos la acción deducida en su contra, toda vez que las situaciones contractuales que se alegan, no le constan y, en todo caso, su responsabilidad sólo puede ser carácter subsidiaria, por haber ejercido los derechos que prevé el artículo 183-C del Código del Trabajo.

El tribunal del grado, por sentencia de veinticinco de enero de dos mil diez, acogió la demanda de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales interpuesta por don D.A.S.J., en contra de la empresa Diseño y Paisajista Limitada, declaró que la relación laboral terminó por haber incurrido la demandada en la causal establecida en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo. Asimismo, al no haber enterado las cotizaciones previsionales del actor, el despido indirecto es nulo y condenó a la demandada Diseño y P. Limitada, al pago de las rem uneraciones y demás prestaciones derivadas de la relación laboral, desde la fecha de término de ésta hasta el pago efectivo de las cotizaciones previsionales atrasadas, a razón de $343.470 mensuales, más los reajustes e intereses conforme lo establecido en el artículo 63 del Código del Trabajo. Ordenó que la demandada principal debía enterar en AFP Provida, F. y AFC Chile, las cotizaciones previsionales, de salud y de seguro de cesantía adeudadas al actor y la condenó, además, a pagar a éste las siguientes sumas: a) $343.470, por indemnización por falta de aviso previo; b) $686.940, por remuneraciones correspondientes a los meses de junio y julio de 2009; c) $125.939, por 11 días del mes de agosto de 2009;d) $114.490, por feriado proporcional por el período trabajado. En cuanto a la demandada Municipalidad de Calama, la condenó solidariamente a pagar al demandante, los montos y conceptos a los que fue condenada la demandada principal, sin costas, por estimar que tuvo motivo plausible para...

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