Causa nº 9896/2011 (Casación). Resolución nº 51232 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 17 de Noviembre de 2011
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2011 |
Movimiento | RECHAZADO CASACIÓN FONDO POR MANIFIESTA FALTA DE FUNDAMENTO |
Rol de Ingreso | 9896/2011 |
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación | 5038-2010 C.A. de Santiago |
Rol de Ingreso en Primer Instancia | L-413-2009 9º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO |
Emisor | Sala Cuarta (Mixta) |
Santiago, diecisiete de noviembre de dos mil once
Vistos y teniendo presente:
Que en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante a fojas 587.
Que la recurrente denuncia la vulneración de los artículos 3,7, 8,10, 41, 42, 73, 161, 172, 178, 455 y 456 del Código del Trabajo. Sostiene, en síntesis, que los sentenciadores han incurrido en error de derecho al desechar la demanda desconociendo que su representada prestó servicios sin solución de continuidad para la demandada, la que fue total y definitivamente probada con los medios allegados al proceso por lo que resultaba procedente acoger la demanda, dando lugar al pago de las prestaciones solicitadas en dicho libelo.
Que del tenor del recurso aparece que éste se desarrolla en contra de los hechos establecidos por los jueces del fondo. Sin embargo, y pese a denunciar infracción de las leyes reguladoras de la prueba llamadas a regir la materia, el recurso no cumple con las exig encias de procedencia señaladas en la ley, toda vez que no describe determinadamente ?más allá de una apreciación diversa de los antecedentes agregados al proceso- en qué específicamente consisten los errores en que se habría incurrido en la aplicación de las referidas leyes reguladoras de la prueba, esto es, como se ha configurado efectivamente la vulneración que aduce a la lógica, a las máximas de la experiencia y a los conocimientos científicamente afianzados que son indispensables para la procedencia del recurso deducido.
Que lo razonado resulta suficiente para concluir que el recurso en análisis adolece de manifiesta falta de fundamento, lo que conduce a desestimarlo en esta etapa de su tramitación.
Por estas consideraciones y normas legales citadas, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido a fojas 587, contra la sentencia de ocho de septiembre del año en curso, escrita a fojas 580.
Regístrese y devuélvase con sus agregados.
N 9896-11
Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Patricio Valdés A., señora Rosa Egnem S., señor Juan Fuentes B., el Ministro Suplente señor Juan Escobar Z. y el Abogado Integrante señor Rafael Gómez B. Santiago, diecisiete de noviembre de dos mil once.Autoriza la Ministra de Fe de la...
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