Resolución nº 6297, de Corte Suprema de Chile - Sala Primera, 22 de Mayo de 2000

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Resumen


NULIDAD MATRIMONIAL. NULIDAD DE OFICIO. La sentencia impugnada ningún análisis hace de la prueba rendida en el proceso respecto al domicilio, residencia o morada del demandado, única parte que, daba competencia al Oficial Civil de Los Angeles y, todavía, se pronuncia sobre la prueba de testigos respecto de la actora, en circunstancias que ello es innecesario, desde que consta de la mencionada acta, que su domicilio se encontraba en la comuna de Quilaco, fuera del territorio de la competencia del Oficial Civil que celebró el acto cuya nulidad se demanda. Resulta evidente que en el fallo de que se trata se ha incurrido en el vicio de casación en la forma establecido en el N° 5 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el N° 4 del artículo 170 del mismo cuerpo legal, que establece que la sentencia debe contener, entre otros requisitos, la enunciación de las consideraciones de hecho y de derecho que le sirven de fundamento. Se rechaza la demanda. Se confirma en la alzada. Se anula de oficio la sentencia.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandante

Extracto


Resolución nº 6297, de Corte Suprema de Chile - Sala Primera, 22 de Mayo de 2000

Santiago, veintidós de mayo del dos mil.

VISTOS:

En estos autos rol Nº 5.721-98 del Cuarto Juzgado Civil de Santiago, la titular de dicho tribunal, por sentencia de veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y nueve, rechazó la demanda en la que Sandra del Pilar Aguilera Oliva solicitaba la declaración de nulidad del matrimonio que contrajo con el demandado Juan Alberto Zúñiga Sepúlveda, el día 8 de enero de 1990 ante el Oficial del Registro Civil de la Circunscripción de Los Ángeles, el que se inscribi...

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