Causa nº 2214/2009 (Casación). Resolución nº 16590 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 28 de Mayo de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 58059495

Causa nº 2214/2009 (Casación). Resolución nº 16590 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 28 de Mayo de 2009

JuezJulio Torres A.,Patricio Valdés A.,Roberto Jacob Ch.
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
Número de registrorec22142009-cor0-tri6050000-tip4
Número de expediente2214/2009
Fecha28 Mayo 2009
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesAltura S.A. con Inspeccion Comunal del Trabajo de Providencia

Santiago, veintiocho de mayo de dos mil nueve.

Vistos:

En causa rol N°2659-2006, del Quinto Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, Altura S.A., representada por don G.S.A. dedujo reclamo en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Providencia, representada por don R.M.M., fundada en que dicha entidad, por Resoluciones N°7424-06-151-1 y N°7424-06-151-2 de 29 de agosto de 2006, le impuso sendas multas ascendentes a 20 Unidades Tributarias Mensuales, las que solicita sean dejadas sin efecto por las razones que explica. En subsidio, pide que las referidas sanciones sean reducidas al mínimo legal.

Evacuando el traslado conferido, la entidad fiscalizadora solicita el rechazo del reclamo por los motivos que indica.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de fecha veintinueve de enero de dos mil nueve, que se lee a fojas 63 y siguientes, rechazó el reclamo interpuesto, sin condena en costas.

Se alzó la empresa a través de un recurso de apelación, el cual, a fojas 84, fue declarado inadmisible por la Corte de Apelaciones de Santiago.

La misma parte dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la última resolución aludida, por estimar que en ella se vulneraron las normas que determinan la procedencia de la apelación en estos juicios, de acuerdo a las reglas del procedimiento ordinario laboral.

Y teniendo, además, presente:

Primero

Que como cuestión previa a toda otra consideración es menester que esta Corte Suprema, revise la regularidad formal del procedimiento, puesto que si se advierte alguna anomalía en lo tocante a dicho aspecto, debe necesariamente emitir pronunciamiento.

Segundo

Que de los antecedentes del proceso consta lo siguiente:

  1. la presente causa corresponde a un reclamo deducido en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Providencia, la cual, por Resoluciones N°7424-06-151-1 y N°7424-06-151-2 de 29 de agosto de 2006, le impuso a Altura S.A. sendas multas ascendentes a 20 Unidades Tributarias Mensuales.

  2. este reclamo fue contestado oportunamente por la entidad fiscalizadora, se recibió a prueba y se citó a las partes a una audiencia de conciliación y prueba que se verificó el 5 de julio de 2007, según aparece de fojas 47 y siguientes.

  3. con fecha veintinueve de enero de dos mil nueve, según se lee a fojas 63 y siguientes, el tribunal de primera instancia desestimó totalmente la reclamación.

  4. la reclamante interpuso recurso de apelación en contra del referido fallo y éste fue declarado inadmisible por la Corte de Apelaciones de Santiago, como consta a fojas 84, fundada en la ausencia de normas que reconozcan dicho derecho en el procedimiento especial de que se trata.

Tercero

Que la cuestión a dilucidar entonces, es la procedencia del recurso de apelación respecto de la resolución que se pronuncia sobre los reclamos que se interponen en contra de la Inspección del Trabajo por la aplicación de multas administrativas fundadas en presuntos incumplimientos a la legislación laboral y de seguridad social como también a sus reglamentos, para lo cual es necesario...

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