Resolución nº 3427, de Corte Suprema de Chile - Sala Cuarta, 30 de Enero de 2007

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Resumen


DIVORCIO. En lo relativo a los planteamientos sobre la procedencia de la acción de divorcio que establece la actual Ley de Matrimonio Civil, cabe consignar que todo el régimen de divorcio vincular de la nueva ley, tanto lo que dice relación con las causales, titulares de la acción, plazos y requisitos, se aplica a los matrimonios celebrados con anterioridad a su vigencia y los cónyuges pueden divorciarse en conformidad a sus disposiciones.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandante

Extracto


Resolución nº 3427, de Corte Suprema de Chile - Sala Cuarta, 30 de Enero de 2007

Santiago, treinta de enero de dos mil siete.

Vistos y teniendo presente:

Primero: Que en conformidad a lo dispuesto en los artículos 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta de los recursos de casación en el fondo deducido por la demandada a fojas 163 y casación en la forma y en el fondo deducidos por el demandante a fojas 170.

I.- En cuanto al recurso de casación e...

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