Causa nº 1242/2013 (Otros). Resolución nº 39861 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 13 de Junio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 471184530

Causa nº 1242/2013 (Otros). Resolución nº 39861 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 13 de Junio de 2013

JuezMaría Eugenia Sandoval G.,Patricio Valdés A.,Rosa Egnem S.
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
Número de registro1242-2013-39861
Número de expediente1242/2013
Fecha13 Junio 2013
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesANDRADE CON EXPRESS DE SANTIAGO UNO S.A.

Santiago, trece de junio de dos mil trece.

Vistos:

En autos RUC N° 1240016134-6 y RIT N° O-1622-2012 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, don J.C.A.V., don E.N.L.E. y don A.E.V.G., todos operadores de buses, deducen demanda de despido injustificado en contra de su ex empleador Express de Santiago Uno S.A., representada legalmente por don E.M.A.B., a fin que se acoja la demanda y se condene a la demandada al pago de indemnizaciones sustitutiva de aviso previo y por años de servicio, con su incremento legal, feriado anual y proporcional, bono de vacaciones, remuneraciones pendientes y la indemnización adicional establecida en el artículo 52 de la Ley N° 19.728, más reajustes, intereses y costas.

La parte demandada, al contestar, solicitó el rechazo de la demanda por la improcedencia de los cobros efectuados por los actores, atendido que los despidos se fundaron de manera justificada en la causal del artículo 1607 del Código del Trabajo, reconociendo adeudar feriados por las sumas que indica en cada caso.

En la sentencia definitiva, de veintiocho de agosto de dos mil doce, que se lee a fojas 1 y siguientes de estos antecedentes, se acogió la demanda interpuesta sólo en cuanto se declaró que el despido de los actores es injustificado y se condenó a la demandada a pagarles indemnización sustitutiva de aviso previo e indemnización por años de servicio con el recargo del 80%, bono de vacaciones, feriado legal y proporcional, con los reajustes e intereses indicados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, sin costas.

En contra de la referida sentencia, ambas partes recurren de nulidad. Respecto de la demandada y en lo pertinente a este recurso su arbitrio se fundamentó en la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando sea necesaria la alteración jurídica de los hechos sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal.

La Corte de Apelaciones de Santiago, conociendo de los recursos de nulidad presentados por los demandantes y la demandada, en resolución de treinta de enero de dos mil trece, escrita a fojas 35 y siguientes de estos antecedentes, los rechazó por estimar que la sentencia no incurrió en los vicios denunciados por las partes.

En contra de la resolución que falla el recurso de nulidad, la demandada deduce recurso de unificación de jurisprudencia solicitando que esta Corte lo acoja, anule la sentencia recurrida y dicte una de...

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