Causa nº 3067/2009 (Casación). Resolución nº 24191 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 23 de Julio de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 61335190

Causa nº 3067/2009 (Casación). Resolución nº 24191 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 23 de Julio de 2009

Fecha de Resolución23 de Julio de 2009
MovimientoACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE
Rol de Ingreso3067/2009
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veintitrés de julio de dos mil nueve.

Vistos:

En estos autos rol N°12-2008, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, doña M.C.G. deduce demanda en contra de la Caja de Compensación y de Asignación Familiar Los Andes, representada por don J.A.J., a fin que se condene a la entidad emplazada al pago de las sumas que indica a título de diferencias de indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, más reajustes, intereses y costas.

Al evacuar el traslado conferido, la empleadora pidió el rechazo de la acción, por cuanto los resarcimientos legales ya pagados a la actora sobre la base del finiquito suscrito por las partes, fueron calculados de acuerdo a lo preceptuado por el artículo 172 del Código del Trabajo, siendo improcedente incluir en la base de cálculo respectiva los conceptos exigidos por la actora.

En sentencia de veintitrés de diciembre de dos mil ocho, escrita a fojas 64 y siguientes, el tribunal de primera instancia rechazó la demanda, sin condena en costas.

Se alzó la trabajadora y la Corte de Apelaciones de Valparaíso, por fallo de nueve de abril de dos mil nueve, que se lee a fojas 88 y siguientes, revocó la decisión de primer grado y, en su lugar, acogiendo la acción interpuesta, condenó a la empleadora a solucionar los montos que se determinan por diferencias insolutas de indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, con reajustes e intereses entre el 28 de septiembre de 2007 y el día de pago efectivo. Se ordena que cada parte soporte sus costas.

En contra de esta última resolución, la Caja de Compensación y de Asignación Familiar Los Andes deduce recurso de casación en el fondo, por h aber sido dictada, a su juicio, con infracciones de ley que han influido en su parte dispositiva, a fin que se invalide la sentencia y se dicte la de reemplazo que detalla.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que la demandada recurre de casación en el fondo por estimar vulnerado el artículo 172 del Código del Trabajo, en relación al artículo 41 del mismo cuerpo legal y 22 del Código Civil, fundada en que los sentenciadores sólo dieron aplicación al primer precepto citado y desatendieron el segundo, ordenando la integración de la base de cálculo de las indemnizaciones legales de la actora con las asignaciones de movilización y colación. A su juicio, la acción debió ser desestimada por cuanto, de acuerdo a la interpretación conjunta y armónica de los preceptos citados, tales conceptos no tienen la naturaleza de remuneración. En efecto, el artículo 41 del Código Laboral, cuyo texto transcribe, al determinar cuales son los pagos que tienen el referido carácter, desestimó, expresamente, las asignaciones familiares, de movilización y de colación. Ello se ve corroborado por el texto del artículo 172 del mismo cuerpo legal que señala que la última remuneración estará integrada por toda cantidad que esté percibiendo el trabajador por la prestación de sus servicios, cuyo no es caso de los referidos pagos que obedecen a devolución de gastos según jurisprudencia que refiere.

Finalmente, la empresa explica...

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