Causa nº 965/2001 (Casación). Resolución nº 12805 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Agosto de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 32031233

Causa nº 965/2001 (Casación). Resolución nº 12805 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Agosto de 2001

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2001
MovimientoSe rechaza recurso casación en el fondo
Rol de Ingreso965/2001
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, catorce de agosto de dos mil uno.

Vistos:

En estos autos rol Nº 4.918-99 seguidos ante el Primer Juzgado del Trabajo de La Serena, don C.G.F. deduce demanda incidental de tercería de prelación, en subsidio, de pago, en la etapa de cumplimiento incidental de la sentencia definitiva dictada en el juicio laboral seguido por doña E.C.G. y otros en contra de Regeena Resources Chile S.A., a fin que se declare el derecho preferente que le asiste en el pago y ordenar que su crédito ascendente a US $82.075.- sea solucionado con el producido de los bienes embargados, con preferencia al de los ejecutantes, siguiéndose la ejecución hasta hacerle entero pago de dicha suma, más intereses y costas. En subsidio, decretar que tiene derecho a concurrir al pago de su crédito a prorrata con los trabajadores, sobre iguales bienes.

Los ejecutantes, evacuando el traslado conferido, sostuvieron que el incidentista no fue trabajador de la ejecutada sino que ostentó el cargo de gerente general y representante de la empresa en el país y que como tal no puede acreditar que existió un no pago de remuneraciones, más aún cuando recibe remesas de dinero del extranjero, usufructa de los bienes de la empresa y gira contra su cuenta corriente. Añaden que no tiene preferencia en el pago.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de veinticuatro de agosto de dos mil, escrita a fojas 113, rechazó la tercería de prelación y acogió la de pago, imponiendo a cada parte sus costas.

Se alzó el ejecutante y la Corte de Apelaciones de La Serena, en fallo de diecisiete de enero del año en curso, que se lee a fojas 139, revocó la de primer grado y. en su lugar, rechazó la tercería de pago, confirmando en lo demás.

En contra de esta última sentencia, el incidentista deduce recurso de casación en el fondo, a fin que se la invalide y se dicte una de reemplazo que confirme la de primera instancia, con costas.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el recurrente denuncia el quebrantamiento de los artículos 3º b), 420, 426 y 461 del Código del Trabajo y 434 Nº5 y 518 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil. Al respecto argumenta que el tercerista es trabajador de la ejecutada en los términos del artículo 3º b) del Código del ramo, fue gerente, con un sueldo, con contrato de trabajo y siempre dependió del socio principal con sede en Canadá. Su calidad de director y ex representante de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR