Causa nº 2587/2012 (Apelación). Resolución nº 40627 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 24 de Mayo de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 436031302

Causa nº 2587/2012 (Apelación). Resolución nº 40627 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 24 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2012
MovimientoREVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Rol de Ingreso2587/2012
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación127-2012 - C.A. de Temuco
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, veinticuatro de mayo de dos mil doce.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepcion de sus fundamentos tercero a sexto, que se eliminan.

Y se tiene en su lugar y ademas presente:

Primero

Que la presente accion constitucional ha sido interpuesta por dona L.F.M., Directora del Instituto Nacional de Derecho Humanos, en contra de Carabineros de la IX Zona de la Araucania, representado por su Jefe de Zona General I.B.H..

Senala que los hechos que dan origen al presente recurso dicen relacion con el actuar de Carabineros de Chile, quienes el dia 10 de enero del ano en curso vulneraron diversos derechos constitucionales de los menores S.L.P. de 13 anos, J.L.P. de 9 anos, A.Q.P. de 2 anos seis meses y de los ninos, ninas y adolescentes de la Comunidad Jose Jineo, Sector Rofue, Comuna de Padre las Casas. Expresa que ese dia manifestantes encendieron barricadas en la Carretera Panamericana 5 Sur, ocasion en la que G.B.P.L. salio a observar los sucesos junto a sus hijos, siendo agredida y detenida por Carabineros de Chile con su hija -mayor de edad- J.B.G.P.. Lo sucedido acontece mientras sus hijos menores estaban ahi, quienes grabaron lo sucedido. Expone que los hechos descritos han vulnerado la integridad fisica y psiquica de los menores afectados, sin que por parte de los recurridos existiera consideracion alguna respecto al deber de velar por el "interes superior del nino", viendose conculcada tambien la igualdad ante la ley de los ninos, ninas y adolescentes de la comunidad J.J.. Asimismo considera que Carabineros con su actuar ha vulnerado el derecho al respeto y proteccion de la vida privada y publica y a la honra de la persona y su familia.

Finalmente senala que se ha visto conculcado el derecho de propiedad de los menores y adolescentes al ingresar los recurridos en vehiculos y buses a la comunidad de manera desproporcionada afectando no solo un lugar sagrado, sino sus animales y con ello la propiedad comunitaria.

Pide que se decreten las medidas que se estimen necesarias y en definitiva se declare ilegal y arbitraria la detencion de J.G.P. y de G.P.L., asi como los golpes que sufrio esta ultima por parte de Carabineros mientras tenia a su hijo menor en sus brazos; se declare ilegal y arbitrario el uso de bombas lacrimogenas y balines al interior de la comunidad; se declare ilegal y arbitraria la ocupacion durante el operativo de un lugar sagrado; se declaren infringidos los derechos garantidos por la Carta Fundamental denunciados en el cuerpo de su escrito y que se impartan ordenes a Carabineros de Chile de la IX Zona de la Araucania a fin de que su actuar se enmarque conforme a las normas nacionales e internacionales reconocidas por nuestro ordenamiento juridico.

Segundo

Que, por su parte, al evacuar el informe solicitado Carabineros de Chile expone que los hechos acontecidos el 10 de enero del ano en curso se desarrollaron a partir de que un grupo de entre 15 y 20 personas con sus rostros cubiertos interrumpieron el transito de la Ruta 5 Sur a la altura del Km. 681, manteniendo barricadas con neumaticos encendidos, por lo que se constituyeron Carabineros de la Tercera Comisaria de Padre las Casas, los que fueron atacados por los manifestantes, llamando apoyo para repeler el ataque del que eran victimas y al concurrir el Personal de las Fuerzas Especiales sus agresores se replegaron en un predio vecino, desde donde siguieron disparando para posteriormente huir hacia el interior del inmueble. Es en ese momento -cuando Carabineros inicia la persecucion- que dos mujeres les impiden el paso, estando ellas en compania de menores de edad, las que finalmente fueron detenidas y puestas a disposicion del Juzgado de Garantia de Temuco. Senala que no existieron golpes a la comunera G.P., sino...

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