Causa nº 2969/2001 (Casación). Resolución nº 13152 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Agosto de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 32035714

Causa nº 2969/2001 (Casación). Resolución nº 13152 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Agosto de 2001

Fecha de Resolución21 de Agosto de 2001
MovimientoInadmisible casación forma y se rechaza casación fondo
Rol de Ingreso2969/2001
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veintiuno de agosto dos mil uno.

Proveyendo a fojas 109: a lo principal y otrosí: tén gase presente.

Vistos y teniendo presente:

  1. En cuanto al recurso de casación en la forma.

Primero

Que, en primer lugar, el demandado dedujo recurso de casación en la forma en contra de la sentencia de nueve de mayo del año en curso, escrita a fojas 82, fundado en la causal contemplada en el artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haber sido pronunciada la sentencia con la omisión de cualquiera de los requisitos del artículo 170 del mismo Código y en relación, además, con el artículo 458 del Código del Trabajo, en este caso, la omisión de los considerandos de hecho y de derecho que sirvan de fundamento al fallo.

Segundo

Que para que sea admitido el recurso en examen, tratándose de la causal en que se funda, es indispensable que el que lo entabla haya reclamado de la falta, ejerciendo oportunamente y en todos sus grados los recursos establecidos por la ley, requisito al cual no se ha dado cumplimiento en la especie, por cuanto el vicio que se le atribuye al fallo impugnado, en caso de existir, se habría producido en la dictación de la sentencia de primera instancia, de modo tal que debió recurrirse instando por la nulidad en contra de dicho fallo, por cuanto la que se impugna es confirmatoria en lo pertinente.

Tercero

Que, en segundo lugar, el recurrente señala que la sentencia impugnada incurre en la causal de casación en la forma contemplada en el artículo 768 N° 7, esto es, que la sentencia contendría decisiones contradictorias, las que hace consistir en el hecho que por una parte, considera nula la renuncia, en cuyo caso, en la peor de las situaciones la relación laboral seguiría vigente y, por otra parte, no declara ineficaz el despido dada la nulidad de la renuncia.

Cuarto

Que al respecto ha de tenerse presente que las decisiones contradictorias a que alude el vicio de que se trata, suponen la existencia de, a lo menos, dos resoluciones y opuestas entre sí, es decir, que se anulen o pugnen entre ellas y en la especie, sólo hay una resolución, de manera que los fundamentos invocados por el recurrente como constitutivos de la causal alegada, no la configuran.

Quinto

Que lo expuesto conduce a declarar inadmisible el recurso en examen en esta etapa de tramitación, atendida la falta de preparación del mismo y a que el argumento esgrimido en segundo lugar por el recurrente, no constituye la causal de nulidad formal invocada.

  1. En cuanto al recuso de casación en el fondo:

Sexto

Que de acuerdo al artículo 782 del Código de Procedimiento Civil se ha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR