Resolución nº 23775, de Corte Suprema de Chile - Sala Cuarta, 2 de Noviembre de 2005

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Resumen


PRESUPUESTOS FÁCTICOS. DETERMINACIÓN. JUEZ AQUO. La determinación de los presupuestos fácticos corresponde al ejercicio de facultades privativas de los jueces del grado y no admite, en general, revisión por este medio, salvo que se hayan quebrantado las normas reguladoras de la prueba. ONUS PROBANDI. INFRACCIÓN. SENTENCIA. En lo atinente a la infracción del artículo 1.698 del Código Civil, se debe tener presente que se infringe cuando la sentencia invierte el peso de la prueba, obligando a una de las partes a probar un hecho que corresponde acreditar a su contraparte, esto es, si altera el onus probandi.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandante

Extracto


Resolución nº 23775, de Corte Suprema de Chile - Sala Cuarta, 2 de Noviembre de 2005

S;Santiago, dos de noviembre de dos mil cinco.

Vistos:

En estos autos, Rol N º 1991-1997, del Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso, caratulados Fehremberg de la Fuente, Hernán con Fisco, Armada de Chile, mediante sentencia de treinta y uno de enero de dos mil, escrita a fojas 180, se hizo lugar a la demanda, declarándose que al demandante le corresponde una pensión de inutilidad física de segunda clase y, que, en consecuencia, la demandada debe proceder a la reliquidación de su actual pensión desde la fecha del decreto que se la concedió, sin costas, por estimar que la demandada tuvo motivo plausible para litigar.

Se alzó la parte demandada y una de las salas de la Corte de Apelaciones de Valpa...

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