Causa nº 2955/2013 (Otros). Resolución nº 60935 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 29 de Agosto de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 475113538

Causa nº 2955/2013 (Otros). Resolución nº 60935 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 29 de Agosto de 2013

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2013
MovimientoRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Rol de Ingreso2955/2013
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veintinueve de agosto de dos mil trece.

Vistos:

En estos autos RUC N° 1240019120-2 y RIT N° O-426-2012, del Juzgado de Letras del Trabajo Valparaíso, R.L.F.V., interpuso demanda en contra de su ex empleador E.P.S.A., representada por J.E.M.I., solicitando se declare injustificado el despido de que fue objeto y se condene a la demandada al pago de las indemnizaciones que indica, por los montos que precisa.

La demandada, al contestar, solicitó el rechazo de la acción, sosteniendo que la desvinculación del trabajador se fundó en la falta de probidad en la que incurrió al haber hurtado material de propiedad de la empresa.

Por sentencia definitiva, de veinte de febrero del año dos mil trece, que rola a fojas 1 y siguientes de estos antecedentes, se rechazó la demanda de despido injustificado, y se la acogió en aquella parte en que se pretendía el pago del feriado proporcional y legal, con reajustes e intereses.

En contra del referido fallo, la parte demandante interpuso recurso de nulidad, por la causal prevista en la letra c) del artículo 478 del Código del Trabajo, por cuanto se había efectuado una errónea calificación jurídica de los hechos que se dieron por establecidos, lo que influyó en lo sustantivo de lo resuelto, ya que en virtud de ello se rechazó la demanda deducida.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso, conociendo del recurso de nulidad reseñado, mediante resolución de ocho de abril del año dos mil trece, que rola a fojas 34 y siguientes de estos antecedentes, lo acogió, por concurrir el vicio denunciado, al haber incurrido en error al proceder a calificar los hechos como constitutivos de la causal de despido invocada por el empleador, dictando la correspondiente sentencia de reemplazo que acogió la demandada declarando que el despido de que fue objeto el actor fue injustificado, condenando a la demandada al pago de las indemnizaciones correspondientes, con reajustes e intereses.

En contra de la resolución que falló el recurso de nulidad, la demandada, a fojas 55, dedujo recurso de unificación de jurisprudencia, solicitando que esta Corte lo acoja, deje sin efecto la sentencia recurrida y dicte una de reemplazo en unificación de jurisprudencia, declarando en definitiva que se niega lugar a la demanda.

Se ordenó traer estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 483 y 483 A del Código del Trabajo, el recurso de unificación de jurisprudencia procede cuando respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de tribunales superiores de justicia. La presentación respectiva debe ser fundada, incluir una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto del asunto de que se trate, sostenidas en las mencionadas resoluciones y que haya sido objeto de la sentencia contra de la cual se recurre y, por último, acompañar copia fidedigna del o de los fallos que se invocan como fundamento.

Segundo

Que la recurrente, luego de referirse a los antecedentes relacionados con el fallo del Juzgado de Trabajo de Valparaíso y al que acogió la nulidad, bajo el título “Distinta interpretación sobre las materias de derecho objeto del juicio”, señala que la cuestión jurídica a resolver es: “Si la probidad exigida al dependiente por la legislación laboral, se ha establecido sin mayores calificaciones, es decir, basta que concurra y que haya sido acreditada en la sentencia para que se dé lugar a la correcta aplicación del artículo 1601 letra a) del Código del Trabajo, o por el contrario tal como lo plantea la sentencia que se impugna, es necesario que dicha conducta indebida además sea declarada grave para que un despido por la causal antes señalada sea declarado justificado”.

Tercero

Que la demandada fundamenta su libelo explicando que compareció R.L.F.V., solicitado que se declarara que el despido de que fue objeto el 7 de marzo de 2012 fue injustificado. Señala que en esa fecha, cuando se retiraba de sus labores, fue sorprendido portando en su mochila 2,9 kilos de amasijo para empanadas, encontrándose más de ese material en su casillero. Indica que se le puso término a la relación laboral argumentando que había incurrido en la causal prevista en el artículo 1601 letra a) del Código del Trabajo. Agrega que en el juicio el trabajador no desconoció el hecho, pero alegó que se trataba de una práctica habitual en la empresa, y que ello se hacía con el...

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