Causa nº 5144/2013 (Otros). Resolución nº 96729 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 18 de Noviembre de 2013
Fecha de Resolución | 18 de Noviembre de 2013 |
Movimiento | RECHAZA CASACION EN EL FONDO |
Rol de Ingreso | 5144/2013 |
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación | 5138-2012 - C.A. de Santiago |
Emisor | Sala Tercera (Constitucional) |
Santiago, dieciocho de noviembre de dos mil trece.
Vistos y teniendo presente:
Que en estos autos rol N° 5144-2013 se ha ordenado dar cuenta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo interpuesto por el reclamante Inmobiliaria Club de Golf y Deportes Las Brisas S.A. en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó su reclamo de ilegalidad municipal respecto del Ordinario N° 10/297 de 17 de mayo del año 2012 de la Municipalidad de Las Condes que desechó su solicitud en orden a eximirla del pago de patente municipal conforme a lo preceptuado en el artículo 27 del Decreto Ley N° 3063.
Que el recurso de nulidad sustancial denuncia como primera infracción de ley la circunstancia de que si bien la Ley N° 20.382 derogó el inciso tercero del artículo 3° de la Ley N° 18.045, ello no impide considerar vigente la Resolución Exenta N° 390 de la Superintendencia de Valores y Seguros dictada el 22 de diciembre de 1998 al señalar “que la sociedad demandada Inmobiliaria Club de Golf y Deportes Las Brisas S.A.” tiene finalidades que se relacionan exclusivamente con actividades deportivas y sin fines de lucro”.
En segundo lugar el recurso da por infringido el artículo 27 de la Ley de Rentas Municipales, cuya recta interpretación indica que están exentas de pago de patente municipal, entre otras, las personas jurídicas sin fines de lucro que realicen acciones deportivas no profesionales, esto es, sin consideración a la naturaleza o carácter que posea la entidad, pudiendo tratarse, en consecuencia, de una corporación o fundación, de una sociedad civil o de una mercantil, como sucede con las sociedades anónimas. Afirma que probó que no obstante haberse constituido como sociedad anónima, no tiene fines de lucro, con los siguientes documentos: a) Resolución Exenta N° 390 de 22 de diciembre de 1998, de la Superintendencia de Valores y Seguros; b) comodato celebrado por escritura pública de 9 de noviembre de 1995, entre Inmobiliaria Club de Golf y Deportes Las Brisas S.A. y Club de Golf Las Brisas de Santo Domingo, por el cual la reclamante entregó su principal activo en comodato gratuito al Club de Golf Las Brisas de Santo Domingo; y c) los balances de ocho columnas de la sociedad Inmobiliaria Club de Golf y Deportes Las Brisas S.A. correspondiente a los años...
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