Causa nº 23574/2014 (Otros). Resolución nº 242051 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 6 de Noviembre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 542754138

Causa nº 23574/2014 (Otros). Resolución nº 242051 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 6 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2014
MovimientoRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Rol de Ingreso23574/2014
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación4941-2013 C.A. de Santiago
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-26267-2011 15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, seis de noviembre de dos mil catorce.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, en este juicio ordinario Rol Nº 23574-14 seguido ante el Décimo Quinto Jugado Civil de esta ciudad, caratulado “G.P.D.R. con Fisco de Chile”, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo interpuesto por el demandante en contra de la sentencia de segunda instancia que confirma la de primer grado que rechazó la demanda de declaración de nulidad de derecho público del Decreto Supremo N° 52 de 9 de abril de 2009 y de indemnización de perjuicios, deducidas en lo principal y primer otrosí de fojas 1.

Segundo

Que en el primer acápite el recurrente sostiene que la sentencia impugnada infringe el artículo 7 de la Constitución Política de la República al rechazar la acción de nulidad de derecho público, toda vez que el Decreto N° 52 infringe el principio de legalidad al tratarse de un acto administrativo carente de motivación. En este aspecto puntualiza que el principio de legalidad no sólo se refiere a aspectos de forma sino que también a asuntos que dicen relación con el contenido del acto administrativo.

Añade que los sentenciadores establecen las causales de nulidad de derecho público: ausencia de investidura regular del agente, incompetencia, irregularidad en la forma de gestión del acto y desviación de poder en el ejercicio de la potestad. Sin embargo, en el caso específico se realiza un análisis más bien formal de los requisitos de la acción deducida toda vez que prescinden de cualquier examen respecto de la fundamentación del acto administrativo. Enfatiza en esta materia que si bien el P. de la República tiene la facultad discrecional de dictar el acto cuya nulidad se requiere, su ejercicio no puede ser arbitrario ni caprichoso. Puntualiza que el mencionado Decreto N° 57 se fundó en la existencia de una investigación que realizó la Policía de Investigaciones de Chile, no obstante ello los sentenciadores dejan al margen del estudio cualquier tipo de ponderación o valoración de la prueba rendida que demuestra las irregularidades que se cometieron en la sustentación de tal investigación.

Por otro lado sostiene que se infringe el artículo 193 de la Carta Fundamental y el artículo 8° de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos puesto que la sentencia impugnada otorga validez a un acto que se funda en una investigación interna realizada por la Policía de Investigaciones de Chile, sin reparar en que aquella se llevó a cabo con irregularidades e ilegalidades de tal índole que afectaron principios básicos como es el debido proceso. En efecto, sostiene que se acreditó en autos que ninguno de los fiscales que conoció del supuesto delito cometido por el actor inició una investigación de carácter penal, como también...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR