Resolución nº 4606, de Corte Suprema de Chile - Sala Tercera, 27 de Marzo de 2003
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Resumen
ACTOS ADMINISTRATIVOS. OBRAS PÚBLICAS. PREMIOS. El concurso para la ejecución de determinadas obras requería de la declaración de validez a que alude el artículo 21 de la Ley N°16.931, sobre Obras Públicas. El acto jurídico que interesa no llegó a completarse porque el concurso estaba sujeto a diversas exigencias, algunas explícitas y otras derivadas de la calidad de ente fiscal del demandado del proceso. Si bien las primeras se pudieron haber cumplido, no lo fueron las siguientes y, en especial, la más importante, como lo es la toma de razón por parte de la Contraloría General de la República, que lo objetó. De este modo, las prerrogativas que otorgaba el concurso nunca nacieron a la vida del derecho. El hecho de que se ordenara el pago del premio, no puede constituir una convalidación tácita de actos jurídico-administrativos inconclusos, porque se refieren a cuestiones totalmente diversas. Debe destacarse que si el pago del premio se hizo por una vía diversa, aprobada por el órgano contralor, estimándolo como pago de honorarios, y no como correspondía originalmente, no puede el referido pago ser constitutivo de una ratificación o convalidación. Un acto objetado por la Contraloría General de la República no puede convalidarse si no es este mismo órgano el que lo hace, variando el criterio frente al problema. Mientras no lo haga y de acuerdo con los procedimientos que rigen también para la propia Contraloría, no existe acto jurídico administrativo alguno. De acuerdo con lo que dispone el artículo 6° de la Constitución Política de la República, Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforma a ella, norma que repite el artículo 2° de la Ley N°18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado. Ello sirve para ilustrar que el Serviu, institución que convocó al concurso, no puede celebrar el contrato pertinente, en tanto no cuente con un acto jurídico administrativo perfeccionado que así se lo permita.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Reclamante
Extracto
Resolución nº 4606, de Corte Suprema de Chile - Sala Tercera, 27 de Marzo de 2003
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Santiago, veintisiete de marzo del año dos mil tres.Vistos:En estos autos Rol Nº4264-01 el Fisco de Chile dedujo recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que revocó la de primera instancia, del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de esta misma ciudad, en cuanto por su decisión se rechaza en todas sus partes la demanda de fs.6 y declara que, al haber obtenido el demandante el primer premio del Concurso Nacional de Anteproyectos de Arquitectura, convocado para construir el Edificio de la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y para el Serviu de la Región Metropolitana, han nacido derechos para esa parte, los que ingresaron en forma plena e irrevocable a su patrimonio, en especial, la prerrogativa de celebrar el contrato respectivo con el Servicio de Vivienda y Urbanización, Región Metropolitana, para la ejecución de dicha obra. Confirma en lo demás, el mismo fallo.Se trajeron los...Ver el contenido completo de este documento
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