Causa nº 749/2009 (Casación). Resolución nº 749-2009 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 23 de Abril de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 57261370

Causa nº 749/2009 (Casación). Resolución nº 749-2009 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 23 de Abril de 2009

JuezGabriela Pérez P.,Patricio Valdés A.,Guillermo Silva G.,Ricardo Peralta V.,Nelson Pozo S.
Sentido del falloRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Corte en Segunda Instancia
Fecha23 Abril 2009
Número de registrorec7492009-cor0-tri6050000-tip4
Partes INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO NOR-ORIENTE CON CENCOSUD S.A (SUPERMERCADO SANTA ISABEL)
Número de expediente749-2009
Tipo de proceso(Trabajo) Casación Fondo
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)

Santiago, veintitrés de abril de dos mil nueve.

Vistos:

En estos autos rol N° 7854-05 del Quinto Juzgado de Letras de Santiago, doña N.O.M., Inspectora Comunal del Trabajo Santiago Norte y en representación de la respectiva Inspección, interpone denuncia de prácticas desleales en proceso de negociación colectiva en contra de Cencosud (Supermercado Santa Isabel), representada legalmente por doña L.V.O.; a fin de que se declare que la demandada incurrió en prácticas antisindicales y desleales en la negociación colectiva al proceder al reemplazo ilegal de trabajadores afectos a este proceso, antes del plazo y sin cumplir con los requisitos que dispone la ley; se ordene el cese inmediato de las conductas, reiterando la multa en caso de persistir con la conducta ilegal y se condene a la denunciada al pago de una multa equivalente a 10 Unidades Tributarias Anuales por práctica desleal y de 150 Unidades Tributarias Mensuales por práctica antisindical o lo que se pondere en justicia, con costas.

La denunciada por las razones que expone, solicitó el rechazo de la denuncia formulada en su contra.

En sentencia de veintiocho de enero de dos mil ocho, escrita a fojas 159 y siguientes, el tribunal de primer grado, acogió la denuncia de fojas 10 y declaró que la denunciada Cencosud S.A., incurrió en práctica antisindical, al reemplazar a los trabajadores en huelga no encontrándose facultada para ello, condenándola al pago de una multa ascendente a 50 unidades tributarias mensuales, con costas.

La demandada se alzó y la Corte de Apelaciones de Santiago, por sentencia de diecinueve de diciembre del año dos mil ocho, escrita a fojas 186, la confirmó.

En contra de esta última sentencia, la denunciada deduce recurso de casación en el fondo por estimar que en ella se ha incurrido en los errores de derecho que indica, pidiendo se la invalide y se dicte la de reemplazo que detalla.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que la recurrente denuncia la infracción de los artículos y 292 del Código del Trabajo. En cuanto al primero, indica que ésta se habría producido al confirmarse la sentencia de primer grado por la cual se condenó a su representada por prácticas antisindicales supuestamente ocurridas en un proceso de negociación colectiva en el que no participó, sino que éste se realizó entre la sociedad Montecarlo Administradora S.A., y el sindicato de la Empresa de Montecarlo Administradora S.A. Al efecto indica, luego de transcribir la norma que se dice infringida, que se trata de dos empresas distintas, con objetos...

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