Causa nº 2729/2012 (Apelación). Resolución nº 34763 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 4 de Mayo de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 436176738

Causa nº 2729/2012 (Apelación). Resolución nº 34763 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 4 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2012
MovimientoREVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Rol de Ingreso2729/2012
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación25629-2011 - C.A. de Santiago
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, cuatro de mayo del ano dos mil doce.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepcion de sus fundamentos octavo a duodecimo, que se eliminan.

Y se tiene en su lugar y ademas presente:

Primero

Que se ha discutido en autos si constituye un acto arbitrario o ilegal que conculque las garantias constitucionales del articulo 193 inciso quinto y 24 de la Constitucion Politica de la Republica, la decision del recurrido Centro de Conciliacion y Mediacion Region Metropolitana de la Direccion del Trabajo de multar a la recurrente Konecta Chile S.A. por separar de sus funciones a la trabajadora R.P.P., sin contar con la autorizacion del juez competente por encontrarse amparada por fuero laboral por maternidad, producto de enfermedad post-parto de acuerdo a lo establecido en el articulo 196 del Codigo del Trabajo.

Segundo

Que, en primer termino, cabe considerar que la existencia de un procedimiento instaurado por la ley para reclamar de la multa cuestionada no impide ejercer esta accion constitucional de proteccion, por cuanto ella es admisible sin perjuicio de otros derechos, como expresamente lo dispone el articulo 20 de la Carta Fundamental.

Tercero

Que consta de los antecedentes expuestos por las partes los siguientes hechos:

  1. La trabajadora R.P.P. presto servicios para la empresa Konecta Chile S.A. desde el 1DEG de agosto de 2007 hasta el 1DEG de julio de 2011, oportunidad en la cual terminaron sus servicios por la causal de "necesidades de la empresa", celebrandose entre ambas partes un finiquito con dicha fecha, en virtud del cual se pago a la trabajadora las vacaciones proporcionales, las indemnizaciones por anos de servicio y sustitutiva de aviso previo, declarando esta ultima no tener reclamo alguno que formular contra la empresa, renunciando a todas las acciones legales, declarando que todos sus derechos han sido respetados por su empleador. Consta asimismo que la trabajadora recibio el cheque por los pagos a que alude el finiquito.

  2. Con fecha 18 de julio de 2011, la trabajadora presenta reclamo ante la Inspeccion del Trabajo invocando que no se ha respetado su fuero laboral por descanso post natal extendido por enfermedad post-parto.

  3. Se celebran dos audiencias de conciliacion sin resultados positivos y ante la negativa de reintegrar a la trabajadora, se cursa la multa cuestionada.

  4. No consta en autos que la empresa reclamante haya estado en conocimiento...

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