Resolución nº 13641, de Corte Suprema de Chile - Sala Cuarta, 2 de Octubre de 2000

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Resumen


SENTENCIAS. NULIDAD. Se valora que la omisión expresada es constitutiva de un vicio de nulidad formal, como el preceptuado en el artículo 768, N° mero 5° del citado Texto de Procedimiento Civil, en conexión con los ya mencionados artículos 170 N° 4 de mismo Cuerpo Legal y 458 N° 5 del Código laboral. El vicio detectado influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, desde el momento mismo que se acoge la demanda y se ordena el pago de dichas remuneraciones. La Corte Suprema, en los casos que describe la citada norma, está facultada para invalidar de oficio las sentencias cuando los antecedentes del recurso manifiestan que ellas adolecen de vicios que dan lugar a la casación en la forma.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Nulidad

Extracto


Resolución nº 13641, de Corte Suprema de Chile - Sala Cuarta, 2 de Octubre de 2000

Santiago, dos de octubre de dos mil.

Vistos :

En estos autos rol nº 24.587 del Tercer Juzgado de Letras de Puerto Montt, caratulados "Mardones Cea Ingrid con Paredes Núñez Pablo", sobre juicio ordinario del trabajo de cobro de prestaciones adeudadas, se dictó sentencia el 2 de febrero del año en curso, como se lee de fojas 44 y siguientes. Por ella se acogió, con costas, ...

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