Causa nº 53/2005 (Casación). Resolución nº 32411 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Diciembre de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 30881816

Causa nº 53/2005 (Casación). Resolución nº 32411 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Diciembre de 2006

JuezOrlando Álvarez H.,Jorge Medina C.,Marcos Libedinsky T.
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
Número de registrorec532005-cor0-tri6050000-tip4
Fecha14 Diciembre 2006
Número de expediente53/2005
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesNelson Olguin Catalan con Emp.Ingenieria Mecanica Inpromec

Santiago, catorce de diciembre de dos mil seis.

Vistos:

En estos autos, Rol N° 5616-2000, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, don N.O.C. dedujo demanda de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo en contra de la Empresa Ingeniería Mecánica Impromec, de J.D.G. y otros en calidad de empleadores y en contra de Inmobiliaria Dimar Ltda. en forma subsidiaria conforme al artículo 64 del Código del Trabajo, a fin de que éstas fueran condenadas al pago de los perjuicios sufridos como consecuencia del accidente que le afectó.

Por sentencia de fecha seis de abril del año dos mil cuatro, escrita a fojas 648 y siguientes, el tribunal de primera instancia, acogió la demanda condenando a don J.A.D. o, en subsidio, a Impromec Limitada y a Dimar Ltda., a pagar al actor la suma única y total de $35.000.000, por concepto de indemnización de los perjuicios sufridos con motivo del accidente del trabajo.

Se alzó la parte demandante y también lo hicieron las demandadas y la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en sentencia de diecinueve de noviembre de dos mil cuatro, escrita a fojas 766 y siguientes, revocó el fallo de primer grado y, en su lugar, rechazó la demanda, sin costas.

En contra de esta última decisión, la demandante dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo.

Se trajeron los autos en relación como consta a fojas 799.

Considerando:

  1. En cuanto al recurso de casación en la forma:

Primero

Que el recurso de nulidad formal se fundamenta en la causal 5ª del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, por no cumplir la sentencia con los requisitos establecidos en el N° 4 del artículo 170 del mismo Código, correspondien te al N° 5 del artículo 458 del Código del Trabajo, vicio que se habría producido en dos aspectos.

Segundo

Que en cuanto al primero, expresa el recurrente, que la sentencia no hace un completo análisis de la prueba rendida en el proceso criminal Rol N° 20614 del Tercer Juzgado del Crimen de Viña del Mar, ni de aquella que consta en el proceso laboral, de las cuales sólo se puede concluir que la actitud negligente de las demandadas provocó el accidente del señor O., puesto que no contaba con los mínimos elementos de seguridad ni fue advertido de los riesgos o peligros que enfrentaba, dado que atendido el tipo de trabajo que debía realizar, debieron extremarse todas las medidas necesarias a fin de prevenir los accidentes. Agrega que no se consideraron los peritajes efectuados en la causa criminal...

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