Causa nº 6453/2012 (Otros). Resolución nº 20826 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 2 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 436096410

Causa nº 6453/2012 (Otros). Resolución nº 20826 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 2 de Abril de 2013

Fecha de Resolución 2 de Abril de 2013
MovimientoRECHAZA,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA
Rol de Ingreso6453/2012
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, dos de abril de dos mil trece.

Vistos:

En estos autos RIT O-3292-2011 del Primer Juzgado del Trabajo de Santiago, dona R.M.R. y otros deducen demanda en contra de Paris Administradora Centro Limitada, representada por don E.C.E., a fin que se condene a la demandada a pagar las diferencias de sueldo base pagadas en razon inferior al ingreso minimo mensual, devengadas entre los meses de enero de 2009 y septiembre de 2011, en atencion a que la demandada no dio cumplimiento a la Ley Nº 20.281; ademas de las cuotas del bono de permanencia que fueron descontadas de las remuneraciones correspondientes a los meses de enero a septiembre de 2011 y las diferencias de cotizaciones previsionales, con costas.

Evacuando el traslado conferido, la demandada solicito el rechazo de la accion, con costas, argumentando que el empleador de aquellos trabajadores que hayan sido contratados con anterioridad a la Ley Nº 20.281 y que perciban un sueldo base inferior al ingreso minimo mensual, dentro de los seis meses siguientes a su entrada en vigencia, debian efectuar un ajuste con cargo a las remuneraciones variables del trabajador para que este perciba un sueldo base igual al minimo, que estara compuesto de dos conceptos, el sueldo base y el ajuste, este ultimo constituido por la asignacion "ajuste ley 20.281", como se encuentra reflejado en las liquidaciones de sueldo de los actores, de modo que ha dado cumplimiento a la normativa legal a cabalidad, segun lo que explica.

En la sentencia definitiva de veintinueve de diciembre de dos mil once, el tribunal acogio parcialmente la demanda y condeno a la demandada a pagar a cada actor la cantidad que indica por concepto de diferencia de sueldo base, con reajustes e intereses, ademas de las cotizaciones de seguridad social, rechazando en lo demas la demanda, sin costas.

En contra del referido fallo, ambas partes interpusieron recurso de nulidad. La actora lo baso en la causal establecida en el articulo 478 letra b) del Codigo del ramo y la parte demandada lo fundo en la causal del articulo 477 en relacion con los articulos 41 y 42 del Codigo del Trabajo y 478 b) del Codigo del Trabajo, ademas de las causales previstas en el articulo 478 letras c) y e), del mismo texto legal.

La Corte de Apelaciones de Santiago, conociendo de los recursos de nulidad senalados, por sentencia de diez de julio de dos mil doce, los rechazo, con costas.

En contra de la decision que falla el recurso de nulidad, la demandada interpone recurso de unificacion de jurisprudencia solicitando que esta Corte lo acoja y resuelva que los actores no tienen el derecho al pago por diferencias de sueldo, cotizaciones previsionales y de salud por haber dado su parte integro cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 20.281, en consecuencia, sin nueva vista, separadamente dicte sentencia en unificacion de jurisprudencia de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 483 C del Codigo del Trabajo, rechazando la demanda, con costas

Se ordeno traer estos autos en relacion.

Considerando:

Primero

Que de conformidad a lo dispuesto en los articulos 483 y 483 A del Codigo del Trabajo, el recurso de unificacion de jurisprudencia...

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