Causa nº 2975/2013 (Apelación). Resolución nº 44703 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 3 de Julio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 475119470

Causa nº 2975/2013 (Apelación). Resolución nº 44703 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 3 de Julio de 2013

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2013
MovimientoREVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Rol de Ingreso2975/2013
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación40426-2012 - C.A. de Santiago
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, tres de julio de dos mil trece.

VISTOS:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus considerandos quinto y sexto, que se eliminan.

Y se tiene en su lugar y además presente:

PRIMERO

Que en el Dictamen N° 02677 cuya copia rola a fojas 6, de fecha 3 de junio de 2012, suscrito por el Prefecto de la Prefectura de Carabineros de Chile de la ciudad de Valparaíso, coronel J.A.S.S., se informa que al recurrente, a la sazón funcionario de la institución con el grado de teniente, le fue impuesta la sanción disciplinaria de cuatro días de arresto con servicios como consecuencia del sumario administrativo instruido en su contra por las infracciones en que habría incurrido en la detención del ciudadano F.M.D., ocurrida en esa ciudad el día 6 de octubre de 2011, en circunstancias que se encontraba de servicio extraordinario a cargo de una sección de Fuerzas Especiales de la policía uniformada controlando el desarrollo de una protesta estudiantil.

SEGUNDO

Que este mismo dictamen hace expresa mención de que él se dicta en el ámbito administrativo, conforme a lo que establece el artículo 13 del Reglamento de Disciplina de Carabineros de Chile, regulación que previene respecto de la independencia que dicha sanción administrativa posee respecto de la civil y penal. Que en lo que concierne a este último ámbito regulatorio, fueron acompañados antecedentes que resultan suficientes para tener por acreditado que de la investigación que se abrió en la instancia jurisdiccional competente no se formuló cargo alguno en contra del teniente de Carabineros recurrente, siendo sólo sancionado administrativamente, según se precisa.

TERCERO

Que de otro lado, como lo ilustra el antecedente agregado a fojas 3, con fecha 7 de noviembre de 2011 la autoridad decretó el llamado a retiro temporal del teniente sancionado, quedando las condiciones de su retiro definitivo supeditadas a lo que se dictaminara en el sumario administrativo correspondiente, según lo establecido en el artículo 65 letra b) del Reglamento de Selección y Ascensos del Personal de Carabineros de Chile.

CUARTO

Que con lo que se viene refiriendo resulta ser un hecho no cuestionado el que la responsabilidad administrativa del recurrente se hizo efectiva con la imposición de un castigo consistente en su arresto de cuatro días, con servicios, sanción que permite la letra c) del N° 1 del artículo 23 del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR