Resolución nº 9103, de Corte Suprema de Chile - Sala Tercera, 14 de Abril de 2008

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Resumen


DIRECCIÓN DEL TRABAJO. FACULTADES. EXTRALIMITACIÓN. El artículo 2º del Código del Trabajo, junto con reconocer la función social que cumple el trabajo, otorga al Estado la misión de amparar al trabajador en su derecho a elegir libremente su empleo y, además, la de velar por el cumplimiento de las normas que regulan la prestación de los servicios. Esta última corresponde cautelar, en representación del Estado, a la Dirección del Trabajo y en cuya virtud, debe fiscalizar la aplicación de la ley laboral. Si el aludido organismo fiscalizador determinó, por medio de la resolución cuestionada, que los 57 trabajadores de la recurrente no se hallaban impedidos de negociar colectivamente, se excedió del marco de competencia que le fijan los artículos 474 y siguientes del Código del Trabajo y 23 y siguientes del D.F.L. N°2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social “ Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo. Incursiona así en el ámbito de materias cuyo conocimiento corresponde a los tribunales del trabajo y vulnera el principio de legalidad que rige la actividad de la Administración, de acuerdo con lo que se prescribe en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la Republica y articulo 2 de la Ley n°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Este obliga a los órganos de ésta a desempeñarse dentro del marco de la competencia que le asigna el ordenamiento positivo; y con semejante actuación ilegal ha vulnerado la garantía del juez natural, contemplada en el articulo 19 n°3 inciso 4° de la Carta Fundamental.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrente

Extracto


Resolución nº 9103, de Corte Suprema de Chile - Sala Tercera, 14 de Abril de 2008

1

Santiago, catorce de abril del año dos mil ocho.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos segundo a octavo, ambos inclusive, que se eliminan;

Y se tiene en su lugar y, además, presente:

1º) El artículo 2º del Código del Trabajo, junto con reconocer la función social que cumple el trabajo, otorga al Estado la misión de ...

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