Causa nº 3621/2001 (Casación). Resolución nº 17439 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 6 de Noviembre de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 32037208

Causa nº 3621/2001 (Casación). Resolución nº 17439 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 6 de Noviembre de 2001

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2001
MovimientoSe rechazan los recursos de casación en la forma y en el fondo
Rol de Ingreso3621/2001
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, seis de noviembre de dos mil uno.

Vistos:

En estos autos rol Nº 1.321-00 del Primer Juzgado de Letras de V., don P.H.S.A. deduce demanda en contra de la Industria Foliadora de Maderas Infodema S.A., representada por don N.P.P., a fin que se declare injustificado su despido y se condene a su empleadora al pago de las prestaciones que señala, más reajustes, intereses y costas.

El demandado, evacuando el traslado, solicitó el rechazo, con costas, de la acción deducida en su contra, argumentando que el despido del demandante se ajustó a las causales de los Nros 5 y 7 del artículo 160 del Código del Trabajo; que la última remuneración mensual ascendía a $186.863.-; que adeuda 10.75 días de feriado y que ningún día del mes de octubre fue laborado por el actor. Agregó que como el trabajador mantiene un crédito social pendiente, debe descontarse de cualquier cantidad que se ordene pagar en su favor el saldo de dicho crédito, conforme a las normas que señala.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de dos de marzo del año en curso, escrita a fojas 58, complementada el veinticinco de abril de igual año, según se lee a fojas 78, acogió en todas sus partes la demanda, con costas y rechazó la excepción de compensación opuesta por la demandada.

Se alzó y recurrió de nulidad formal la demandada y la Corte de Apelaciones de Valdivia, en fallo de trein ta y uno de julio del presente año, que se lee a fojas 92, rechazó el recurso de casación en la forma y revocó la sentencia de primer grado en cuanto ordenaba el pago de dos días de remuneración del mes de octubre, rechazando tal petición y confirmó en lo demás apelado, por voto de mayoría.

En contra de esta última decisión, el demandado deduce recursos de casación en la forma y en el fondo, por haberse incurrido en vicios e infracciones de ley que han influido, a su juicio, sustancialmente en lo dispositivo del fallo, pidiendo que este tribunal la invalide y dicte una de reemplazo que se ajuste a derecho o por medio de la cual se rechace la demanda o, en subsidio, se ordene reducir de las cantidades ordenadas pagar en favor del actor el saldo de crédito social que se encuentra pendiente.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

  1. Recurso de casación en la forma:

Primero

Que el demandado deduce recurso de casación en la forma en contra de la sentencia ya individualizada, fundado en la 4a. causal del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haberse otorgado más de lo pedido, argumentando que se incurre en el vicio anotado al haberse establecido como base de cálculo de las indemnizaciones pertinentes una suma superior a la indicada por el actor en su demanda. Señala que su...

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