Causa nº 1151/2012 (Casación). Resolución nº 17274 de Corte Suprema, Sala de Verano de 23 de Febrero de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 436040550

Causa nº 1151/2012 (Casación). Resolución nº 17274 de Corte Suprema, Sala de Verano de 23 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2012
MovimientoRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Rol de Ingreso1151/2012
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación1452-2011 C.A. de Santiago
Rol de Ingreso en Primer InstanciaL-54-2007 7º JUZGADO DEL TRABAJO DE SANTIAGO
EmisorSala de Verano

Santiago, veintitres de febrero de dos mil doce.

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

1DEG.- Que en estos autos rol Nº 54-2007, del 7DEG Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre despido indirecto, en procedimiento ordinario laboral caratulado "B.M., V. y otros con Citibank N.A.", las demandantes recurren de casacion en el fondo en contra de la sentencia dictada por una de las Salas de la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmo el fallo de primer grado que, a su vez, acogio la demanda solo en cuanto: a) Condeno a Probest Limitada a pagar a la demandante V.B. veintiseis dias de remuneracion y a las demas actoras las sumas que indica por concepto de feriado legal y ocho dias trabajados; b) Condeno a Citibank N.A. a pagar en forma subsidiaria los montos indicados, acogiendo ademas a su respecto la excepcion de beneficio de excusion. Rechazo, en lo restante, la demanda deducida.

2-o.- Que las actoras formulan primeramente accion por despido indirecto en contra de Citibank N.A., haciendo presente que aun cuando sus contratos de trabajo fueron suscritos con la empresa Probest Limitada, el empleador directo era la antes mencionada institucion financiera.

Senalan que prestaron servicios bajo el vinculo de subordinacion y dependencia para la demandada desde las fechas y con las remuneraciones que indican en su libelo.

Argumentan que la demandada aludida hizo uso en varias oportunidades del ius variandi y que con posterioridad se les llamo para ofrecerles la posibilidad de suscribir un contrato directo con Citibank, aunque como condicion para ello debian renunciar a su contrato con P..

Anaden que el contrato ofrecido por Citibank alteraba sustancialmente las condiciones de remuneracion que tenian con Probest, por lo que un grupo importante de trabajadores se nego a suscribirlo.

Concluyen senalando que a ellas y a mas de treinta trabajadores que no quisieron firmar el contrato antes indicado se les reubico en un lugar que no cumplia con las condiciones minimas para desempenar las labores para las cuales fueron contratados, hasta que, luego de una semana, fueron desalojados de las dependencias.

Seguidamente y en forma subsidiaria interponen demanda en contra de Probest Ltda., como demandada principal y de Citibank NA como demandada subsidiaria para que se les ordene pagar las siguientes prestaciones: indemnizacion por anos de servicio, indemnizacion por falta de aviso previo, recargo del articulo 171 del Codigo del Trabajo y remuneraciones que indican.

3-o.- Que al contestar la demanda Probest Limitada senala, en lo sustancial, que en su calidad de empresa de prestaciones administrativas suministra servicios a distintas instituciones bancarias y financieras y que en razon de la entrada en vigencia de los nuevos articulos 183-A y 183-E del Codigo del...

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