Causa nº 3474/2009 (Casación). Resolución nº 3474-2009 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 15 de Junio de 2009
Juez | Patricio Valdés A.,Julio Torres A.,Rosa María Maggi D.,Luis Bates H.,Patricio Figueroa S. |
Sentido del fallo | RECHAZA CASACION EN EL FONDO |
Corte en Segunda Instancia | |
Fecha | 15 Junio 2009 |
Número de expediente | 3474-2009 |
Número de registro | rec34742009-cor0-tri6050000-tip4 |
Partes | SERV. DE COBRANZA NORMALIZACION NORMATIVA S.A. CON INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCION |
Tipo de proceso | (Trabajo) Casación Fondo |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Santiago, quince de junio de dos mil nueve.
Vistos y teniendo presente:
Que en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte reclamante a fojas 179.
Que la recurrente denuncia la vulneración de los artículos 225, 238, 455, 456 y 474 del Código del Trabajo; y 2 de la Ley de Bases de la Administración del Estado. Sostiene, en síntesis, que los sentenciadores han incurrido en error de derecho al mantener la multa impuesta.
Que las argumentaciones efectuadas por la recurrente se basan exclusivamente en la infracción de las normas que cita, pero que en modo alguno resuelven todo el asunto debatido, puesto que ello requiere de la aplicación de reglas que, como se advierte, no se consignan en el recurso intentado, cual es, el artículo 23 del D.F.L. N° 2 de 1967, del Ministerio del Trabajo.
Que lo razonado resulta suficiente para concluir que el recurso en análisis adolece de manifiesta falta de fundamento, lo que conduce a su r echazo en esta etapa de su tramitación.
Por estas consideraciones y normas legales citadas, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido por la parte reclamante a fojas 179 contra la sentencia de nueve de abril del presente año, escrita a fojas 178.
Regístrese y devuélvase, con su agregado.
N° 3.474-09.
Pronunciada por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Patricio Valdés A., señora Rosa María Maggi D., Ministro Suplente señor Julio Torres A., y los Abogados Integrantes señores L.B.H., y P.F.S.S., 15 de junio de 2009.
Autoriza la Secretaria de la Corte Suprema, señora R.M.P.E..
En Santiago, a quince de junio de dos mil nueve...
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