Causa nº 10/2012 (Casación). Resolución nº 42920 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 26 de Junio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 471742574

Causa nº 10/2012 (Casación). Resolución nº 42920 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 26 de Junio de 2013

JuezSergio Muñoz G.,Héctor Carreño S.,Pedro Pierry A.
Corte en Segunda InstanciaC.A. de Valparaíso
MateriaDerecho Procesal
Fecha26 Junio 2013
Número de expediente10/2012
Rol de ingreso en Cortes de Apelación338-2011
Rol de ingreso en primera instanciaC-1882-2005
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)
PartesBASCUÑAN SMITS LUIS ALFONSO CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR .
Sentencia en primera instancia5º JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO
Número de registro10-2012-42920

S., veintiséis de junio de dos mil trece.

Vistos:

En estos autos rol 10-2012 don L.B. y doña R.P. dedujeron en contra de la Municipalidad de Viña del Mar, del Banco BBVA y de la Sociedad de M.I.A. y Asesorías Ltda. acción de nulidad de derecho público, solicitando la declaración de nulidad de los actos administrativos que permitieron que se ampliara la superficie de un inmueble, lo que habría afectado el derecho de propiedad de L.B., y la subsecuente rectificación de las inscripciones conservatorias en las que se contempla la superficie aumentada.

Además dedujeron acción reivindicatoria en contra del BBVA y la Sociedad M.I.A. y Asesorías Limitada solicitando la restitución de la porción de terreno del inmueble de su propiedad que se encuentra indebidamente inscrito a nombre de los demandados y en parte ocupado con edificaciones, escombros y un paso de alcantarillado.

También dedujeron demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio contra la Municipalidad de Viña del Mar.

Fundan su libelo en el hecho de ser dueño el Sr. B. de una propiedad ubicada en calle Bellavista en Reñaca, denominado L.2., de 300 metros cuadrados según la inscripción original, la que fue rectificada por orden de la sentencia dictada el 27 de mayo de 2003 por el Segundo Juzgado Civil de Viña del Mar en la causa que indicó, por la que se incorporó una franja de terreno ubicada al poniente de la propiedad, en el deslinde con calle Bellavista, resultando una superficie total de 353,97 metros cuadrados. Dicho bien colinda al norte y al oriente con otro llamado Lote 26-A, ubicado en la calle E.E.N.° 1015, inscrito a nombre del BBVA y la Sociedad M.I.A. y Asesorías Limitada, el que según el plano de subdivisión del Lote 26 aprobado el año 1964 era de 312 metros cuadrados.

Como consecuencia de los actos que señala como nulos de derecho público la superficie de tal inmueble ha sido ampliada en 65,34 metros cuadrados, figurando con una superficie de 377,34 metros cuadrados. Dicha ampliación no ha sido autorizada por sentencia judicial alguna; y, por el contrario, por sentencia firme se declararon nulos los actos administrativos que la motivaron y todos los actos ulteriores. La ampliación ha significado la ocupación con edificaciones por vía aérea de 54 metros cuadrados del inmueble de propiedad de L.B., cuya reivindicación demanda. En parte del Lote A se encuentra construido el edificio Playa del Alto, de cinco departamentos, cuatro de los cuales están inscritos a nombre del BBVA y uno a nombre de la sociedad M.I.A. y Asesorías Limitada. Se indica en el libelo que parte de este edificio ocupa el L.2. que le pertenece a L.B.. Explica que la ampliación se basó en la Resolución 0423/91 de la Dirección de Obras Municipales de Viña del Mar de 24 de septiembre de 1991, que rectificó los deslindes y cabidas del Lote 26-A ampliando su superficie, y el permiso de obra nueva N° 59/92 de esa repartición que autorizó la construcción del edificio señalado en dicho lote, sobre la base de la superficie ampliada. Estos actos fueron declarados nulos por sentencia judicial que quedó ejecutoriada el 18 de julio de 2001, por lo que la ampliación de superficie del Lote 26-A queda sin fundamento jurídico. Además la sentencia señalada anuló todos los actos emanados o vinculados a la Resolución 423/91 y ordenó la cancelación de la primera anotación conservatoria de la ampliación, lo que, señalan, importa que las ulteriores carecen de fundamento.

Por lo anterior demandaron en estos autos la declaración de nulidad de la Resolución N° 708 de 23 de noviembre del año 1993 de la Dirección de Obras Municipales del municipio viñamarino por la que se recibió el edificio construido en parte del Lote 26-A; del permiso de ampliación 108-93 de la misma Dirección de Obras en relación al edificio; de la Resolución N°89 de 11 de febrero de 1994 por la que se acoge al edificio construido a la Ley N° 6071 sobre venta por piso; de la Resolución N°98-94 de la Dirección de Obras Municipales por la que se aprueba el plano de ley de venta por pisos del edificio, resoluciones todas posteriores al inicio del juicio civil antes indicado; y del permiso de regularización 2097/2001 de 16 de octubre de 2001 de la misma Dirección de Obras por la que el edificio se acoge a las Leyes N° 19.583, N° 19667 y N° 19727, conocidas como “ley del mono”. Afirman en el libelo que en todas estas resoluciones se acepta la superficie de mayor extensión del bien raíz y alegan la nulidad porque estos actos fueron dictados excediendo la Dirección de Obras Municipales de la Municipalidad de Viña del Mar su competencia.

Además demandaron de indemnización de perjuicios al municipio por falta de servicio al actuar contra la legalidad y contra un expreso pronunciamiento judicial, causándole perjuicios. En lo que interesa al recurso demandaron cada uno el pago de doscientos cincuenta millones de pesos por concepto de daño moral.

En subsidio de las acciones indicadas demandaron al Fisco de Chile, a la Municipalidad de Viña del Mar, al Banco BBVA y a la sociedad de inversiones señalada la nulidad de derecho público de las actuaciones antes mencionadas, dedujeron acción reivindicatoria en contra del Banco BBVA y la Sociedad M.I.A. y Asesorías Limitada y de indemnización de perjuicios contra el Fisco de Chile por falta de servicio.

En subsidio, para el caso en que se desestimen las acciones anteriores, interpusieron en contra de todos los antes señalados acción declarativa de mera certeza y acción de indemnización de perjuicios. Solicitaron se declare la nulidad de derecho público de todos los actos posteriores a la Resolución 423/91 de la Dirección de Obras Municipales por haberse declarado nula la primera y los actos posteriores, por sentencia...

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