Causa nº 14314/2014 (Otros). Resolución nº 50822 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 9 de Abril de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 564693942

Causa nº 14314/2014 (Otros). Resolución nº 50822 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 9 de Abril de 2015

JuezRicardo Blanco H.,S Gloria Ana Chevesich R.,Andrea Muñoz S.
Corte en Segunda InstanciaC.A. de Santiago
Fecha09 Abril 2015
Número de expediente14314/2014
Número de registro14314-2014-50822
Rol de ingreso en primera instanciaC-191-2012
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesSOLICITANTE:ROSSETTI YOULTON TOMAS ERNESTO.
Sentencia en primera instancia4º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO
Rol de ingreso en Cortes de Apelación2855-2013

Santiago, nueve de abril de dos mil quince.

Vistos:

Ante el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol Nº 191-2012, don T.E.R.Y., de conformidad con lo dispuesto en los artículos 872 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y de los artículos 1.222 y siguientes del Código Civil, solicitó que se ordenara la guarda y aposición de sellos del domicilio ubicado en Avenida Apoquindo N° 3.795, departamento N° 202, de la comuna de Las Condes, Santiago, argumentando que otro u otros parientes en común de doña M.M.M.M., abuela paterna del peticionario, fallecida el 19 de noviembre de 2012, estaban llevando a cabo actuaciones que perjudicarían a todos los herederos.

Por resolución de cinco de diciembre de dos mil doce, se accedió a lo solicitado, ordenando que se proceda por la secretaria del tribunal con la guarda y aposición de sellos requerida, diligencia que se cumplió con fecha 11 y 17 del mismo mes y año.

Por presentación de 14 de diciembre de 2012, doña M.L., don C.S. y don J.A., todos R.M., solicitaron al tribunal en la causa en referencia, que se les conceda la posesión efectiva testamentaria de los bienes quedados al fallecimiento de doña M.M.M.M. en su calidad de hijos, y a sus nietos M.C., M.I. y V.L.R., y a sus nietos I., F. y N., de apellidos R.O..

El tribunal de primera instancia, mediante fallo de ocho de marzo de dos mil trece, que se lee a fojas 241 y siguiente, concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de doña M.M.M.M. a sus hijos C.S., M.L. y J.A.R.M.; a sus nietos M.C., M.I. y V.J.L.R., en representación de su madre C.L.R.M.; a sus nietos I.J., F. y N.R.O., en representación de su padre I.E.R.M.; y a sus nietos M.A. y T.E.R.Y., en representación de su padre E.A.R.M..

Por resolución de veinticinco de marzo de dos mil trece, que rola a fojas 256 y siguiente de estos antecedentes, el tribunal dispuso “sólo para efectos de orden”, transcribir el anterior auto de posesión efectiva con las modificaciones y complementos que se indican.

El tribunal de segundo grado, conociendo del recurso de apelación deducido por la parte solicitante, por fallo de ocho de mayo de dos mil catorce, escrito a fojas 453 y siguiente, confirmó la primera resolución, y revocó la segunda sólo en cuanto declaró que los herederos L.R. y R.O. concurren a la sucesión en virtud del derecho de transmisión, y en su lugar dispuso que lo hacen por derecho de...

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