Causa nº 19076/2015 (Casación). Resolución nº 290743 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Diciembre de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 589507582

Causa nº 19076/2015 (Casación). Resolución nº 290743 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Diciembre de 2015

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2015
MovimientoRECHAZADO CASACIÓN FONDO POR MANIFIESTA FALTA DE F
Rol de Ingreso19076/2015
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación179-2015 C.A. de Temuco
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-79-2015 JUZGADO DE LETRAS DE VILLARRICA
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, catorce de diciembre de dos mil quince.

Vistos y considerando:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el alimentante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que confirmó la de primera instancia que rechazó la demanda.

Segundo

Que el recurso de casación en el fondo denuncia que se vulneraron los artículos 230, 233, 321, 329, 330 y 323 del Código Civil y el artículo 7 de la Ley Nº 14.908. Señala que se desestimó la demanda de rebaja de pensión alimenticia sin reparar en el cambio de circunstancias económicas del actor, derivado tanto del nacimiento de su hija menor, que constituye una carga adicional, como el aumento en los ingresos de la madre de su hijo atendido su nuevo trabajo. Finaliza señalando que no se encuentra establecido en forma fehaciente las necesidades económicas del alimentario, por lo que pide se invalide el fallo recurrido y se dicte uno de reemplazo que acoja la demanda de rebaja de alimentos a la suma de $150.000 mensuales o la suma que esta Corte determine, con costas.

Tercero

Que, para una adecuada resolución del recurso, es necesario tener presente que se establecieron como hechos de la causa, en lo pertinente, los siguientes:

  1. - El alimentario es hijo de filiación no matrimonial de las partes, actualmente de cuatro años de edad, quienes con fecha 22 de junio de 2011 en causa Rit N° C-49-2011, del Juzgado de letras de Villarrica, acordaron una pensión de alimentos de $150.000 mensuales, hasta el mes de diciembre de 2012, debiendo aumentarse a contar de enero de 2013 en un veinticinco por ciento, pagando en la actualidad un monto de $228.000 mensuales.

  2. - La carga familiar del actor aumentó por el nacimiento de su hija de actualmente de once meses de vida.

  3. - Las necesidades del alimentario comprenden gastos de educación, transporte escolar, cuidado personal mientras su madre trabaja y pago de un arriendo de casa habitación.

Cuarto

Que, sobre la base de los hechos reseñados en el motivo anterior, los sentenciadores de la instancia concluyeron que las facultades económicas del alimentante han sufrido una variación positiva, no habiéndose acreditado que las necesidades del niño hubieran disminuido, lo que condujo a desestimar la demanda de rebaja de pensión alimenticia, refiriendo...

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