Causa nº 10599/2015 (Casación). Resolución nº 130326 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 1 de Septiembre de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 581760506

Causa nº 10599/2015 (Casación). Resolución nº 130326 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 1 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2015
MovimientoRECHAZADO CASACIÓN FONDO POR MANIFIESTA FALTA DE F
Rol de Ingreso10599/2015
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación308-2015 C.A. de Valparaíso
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-203-2013 Juzgado de Familia San Antonio
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, uno de septiembre de dos mil quince.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que revocó la de primer grado que rechazó la demanda de relación directa y regular deducida, y, en su lugar, la acoge.

Segundo

Que la recurrente denuncia la infracción a los artículos 3, 5, 7.1, 9.1-3, 12, 18.1, 19, 27, 34, 39 y 41 de la Convención sobre los Derechos del Niño; a los artículos 16 y 32 Ley N° 19.968; a los artículos 225 y 229 del Código Civil; a la Observación General N° 13 de la Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (en especial, el derecho de la niña a vivir en medio libre de violencia); y la infracción a la Convención de Belem do Pará, solicitando que se invalide la sentencia impugnada y se dicte una de reemplazo rechazando la demanda.

Tercero

Que fundamenta su recurso señalando que la sentencia impugnada infringió las normas señaladas, al conceder al padre un régimen de relación directa y regular con la hija de ambos, en perjuicio del interés de ella.

El recurso, como se advierte de su tenor, se construye sobre la base de estimar errada la apreciación de la prueba efectuada por los sentenciadores de segunda instancia, vulnerando con ello, además, el principio del interés superior del niño, desde que en el proceso existen antecedentes que permiten confirmar la sentencia de primer grado que rechazó la demanda, puesto que se encontraría acreditado el obstáculo que impediría el derecho del padre de mantener con la niña una relación directa y regular, por existir una sentencia penal, que aunque absolutoria, habría establecido la existencia del hecho punible, relativo a abusos sexuales cometidos en contra de la niña. Para sustentar su argumento, la recurrente se refiere a la prueba rendida, de la cual, a su juicio, se desprenden circunstancias que hacen procedente su recurso, acusando así la infracción al artículo 32 de la ley N°19.968, y, consecuencialmente, las demás normas cuya infracción se denuncia.

Cuarto

Que, para los efectos de analizar el presente recurso, útil es señalar que el proceso se inició mediante acción por la cual el demandante requiere se establezca a su favor...

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