Causa nº 5439/2008 (Casación). Resolución nº 5439-2008 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 25 de Septiembre de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 55548581

Causa nº 5439/2008 (Casación). Resolución nº 5439-2008 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 25 de Septiembre de 2008

JuezBenito Mauriz A.,Patricio Valdés A.,Ricardo Peralta V.,Gabriela Pérez P.,Julio Torres A.
Sentido del falloRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Corte en Segunda Instancia
Partes TOLEDO GALLEGOS MARIA - COLEGIO CHANDI
Número de registrorec54392008-cor0-tri6050000-tip4
Tipo de proceso(Trabajo) Casación Fondo
Número de expediente5439-2008
Fecha25 Septiembre 2008
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)

Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil ocho.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante, a fojas 67.

Segundo

Que el recurrente denuncia la vulneración de los artículos 177, 1592, 160 y 168 del Código del Trabajo, así como del artículo 1698 del Código Civil, sosteniendo, en síntesis, que los sentenciadores han incurrido en error de derecho al rechazar la demanda de despido injustificado. Señala que lo decidido infringe las disposiciones mencionadas, al establecer que la relación laboral que vinculó a las partes concluyó por un hecho propio del actor, como es la renuncia de su parte. Indica que, conforme lo expuesto, se ha infringido el artículo 1698 del Código Civil, porque la carga de la prueba de la justificación del despido corresponde al empleador y no al trabajador, pero conforme lo decidido en autos, ella ha sido impuesta al actor.

Tercer o: Que del tenor del recurso, aparece que éste se desarrolla sobre la base de cuestionar e impugnar los presupuestos fácticos y conclusiones establecidas por los jueces del fondo, quienes han determinado que la demanda no pudo prosperar porque la actora no acreditó la existencia de un despido imputable a los demandados. Sin embargo, no denuncia, infracción a las leyes reguladoras de la prueba que de ser efectiva, permita alterarlos dejando a este tribunal de Casación impedido de revisar, en el aspecto cuestionado el fallo impugnado.

Cuarto

Que lo razonado resulta suficiente para concluir que el recurso en análisis adolece de manifiesta falta de fundamento, lo que conduce a su rechazo en esta etapa de su tramitación.

Por estas consideraciones y normas legales citadas, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante a fojas 67, contra la sentencia de once de agosto del año en curso, escrita a fojas 65.

Regístrese y devuélvase.

N°5.439-08.

Pronunciada por la Cuarta Sala de la...

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