Causa nº 13846/2014 (Otros). Resolución nº 178420 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 4 de Agosto de 2014
Fecha de Resolución | 4 de Agosto de 2014 |
Movimiento | INADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA |
Rol de Ingreso | 13846/2014 |
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación | 181-2014 C.A. de Valparaíso |
Rol de Ingreso en Primer Instancia | O-989-2013 JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAÍSO |
Emisor | Sala Cuarta (Mixta) |
Santiago, cuatro de agosto de dos mil catorce.
Vistos y teniendo presente:
Que, para los efectos previstos en el inciso séptimo del artículo 483 del Código del Trabajo, se ordenó dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que acoge el recurso de nulidad interpuesto por la demandante contra el fallo pronunciado por el Juzgado del Trabajo de esta ciudad, anulándolo y dictando en su reemplazo sentencia que hace lugar a la demanda por haber incurrido la demandada en subterfugio, condenándola al pago de las prestaciones que indica así como a una multa a beneficio fiscal y rechazando en lo demás la demanda.
Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 483 A del Código del Trabajo, el recurso debe contener fundamentos, una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de la materia de derecho de que se trate, sostenidas en diversos fallos firmes emanados de tribunales superiores de justicia y que haya sido objeto de la sentencia contra la que se recurre y, por último, se debe acompañar la copia del o de los fallos que se invocan como fundamento.
Que de la lectura del arbitrio interpuesto se desprende que la pretendida materia de derecho sobre la cual se intenta se unifique la línea jurisprudencial por esta Corte, dice relación con la correcta interpretación del artículo 507 del Código del Trabajo, específicamente cuándo se está en presencia de la figura de subterfugio; cómo se materializa; la acreditación de la forma que reviste el empleador, y la concurrencia del requisito de la intencionalidad o dolo. Al respecto el recurrente señala que los sentenciadores dieron por acreditada la existencia del subterfugio, en circunstancias que su parte nunca ocultó, disfrazó o alteró su individualización o patrimonio, ni buscó causar perjuicio, manteniendo siempre durante la vigencia de la relación laboral y luego la comercial, la misma persona jurídica.
Que, conforme se anotó en el fundamento segundo que antecede, se yergue como requisito sine qua non del presente arbitrio que contenga, una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de la materia de derecho de que se trate.
Que, en la especie, no se da cumplimiento a la referida exigencia, ya que la...
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