Causa nº 2911/2013 (Otros). Resolución nº 39565 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 12 de Junio de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 475101774

Causa nº 2911/2013 (Otros). Resolución nº 39565 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 12 de Junio de 2013

Fecha de Resolución12 de Junio de 2013
MovimientoRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Rol de Ingreso2911/2013
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, doce de junio de dos mil trece.

Vistos:

Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Colina, en autos rol Nº 147-2009, doña M.R.V.C. demandó en juicio ordinario laboral a su ex empleadora Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, representada por don G.R.I., con el objeto que se declare la nulidad del despido y se condene a la demandada a pagar a la actora las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido hasta la convalidación del mismo; se oficie a AFP Provida, a I.F.S.A. y al Fondo de Seguro de Cesantía para que se enteren las cotizaciones impagas, con costas. En el primer otrosí, conjuntamente con la demanda de lo principal, interpuso demanda por término anticipado de contrato a plazo fijo, a fin que se condene a la demandada a pagar a la demandante las remuneraciones pactadas por todo el término convenido, a título de indemnización por lucro cesante, las remuneraciones correspondientes a un período entre el 5 de noviembre y el 4 de diciembre de 2009, feriado legal y gratificación legal garantizada, más reajustes e intereses, con costas.

La demandada, dentro de plazo legal, contestó el libelo solicitando su rechazo, con costas. En primer término argumentó la improcedencia de la demanda de nulidad de despido, porque el contrato no terminó por despido sino que por motivos preestablecidos por las partes. En subsidio, alegó que el despido fue válido, por cuanto las cotizaciones previsionales se encontraban pagadas al momento en que aquél se produjo. En subsidio de lo anterior, invocó la convalidación del despido al ejercer la actora acciones incompatibles, entre la acción por despido injustificado y la de despido nulo. También en subsidio, solicitó que se limite el pago de las remuneraciones con motivo de la nulidad del despido. Además alegó la improcedencia de demandar lucro cesante en materia laboral y, en subsidio, argumentó la inexistencia de perjuicios para el actor.

Por sentencia de treinta de octubre de dos mil doce, escrita a fojas 86 y siguientes, se acogió la demanda y se declaró que el despido de que fue objeto la trabajadora es nulo, condenándose a la demandada a pagar a la actora las remuneraciones y demás cotizaciones previsionales que se hayan devengado y se devenguen desde la fecha del despido hasta la fecha de su convalidación, esto es, hasta el 28 de mayo de 2010, sobre la base de una remuneración mensual de $759.427, más reajustes e intereses conforme lo disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo; rechazándose la demanda conjunta sobre indemnización de perjuicios por lucro cesante, sin costas.

Se alzó la demandante, y la Corte de Apelaciones de Santiago, por sentencia de quince de marzo del año dos mil trece, que se lee a fojas 113 y siguiente, confirmó el...

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