Causa nº 25402/2014 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 108215 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 30 de Julio de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 579411814

Causa nº 25402/2014 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 108215 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 30 de Julio de 2015

Fecha de Resolución30 de Julio de 2015
MovimientoRECHAZA,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA
Rol de Ingreso25402/2014
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación235-2014 C.A. de Santiago
Rol de Ingreso en Primer InstanciaO-4150-2013 1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, treinta de julio de dos mil quince.

Vistos y teniendo presente:

  1. Que la parte demandada deduce recurso de unificación de jurisprudencia respecto de la sentencia de veintiocho de agosto de dos mil catorce, dictada por una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago y que se encuentra escrita a fojas 46 y siguientes, que rechazó el recurso de nulidad deducida en contra de aquélla que acogió parcialmente la demanda por despido injustificado, cobro de prestaciones y nulidad del despido, y, en lo que interesa, dispuso que se mantenía la obligación de pagar la remuneración, prestaciones y cotizaciones de seguridad social durante el periodo que media entre la fecha del despido hasta su convalidación, a razón de $ 6.913.561.-, más reajustes e intereses. El referido recurso de nulidad, en lo que concierne a estos autos, se fundó en la causal contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción a lo dispuesto en los incisos 5 y 7 del artículo 162 del citado cuerpo legal, porque se condenó al pago de las remuneraciones entre la fecha del despido y su convalidación, en circunstancias que la data de inicio de la relación laboral fue materia controvertida y solo se estableció en la sentencia, razón por la que el empleador no se encuentra en mora en el pago de las cotizaciones previsionales y, por tanto, no le resultan aplicables los efectos de la nulidad del despido.

    Señala que la materia de derecho que solicita unificar dice relación con determinar si corresponde aplicar a la parte demandada la sanción a que se refiere el inciso 5 del artículo 162 del Código del Trabajo, si es la sentencia la que declara que entre las partes existió relación laboral; y afirma que la tesis que contiene la sentencia impugnada es contraria a lo que decidió esta Corte por sentencias dictadas el 25 de mayo de 2004, 28 de septiembre de 2006 y 29 de marzo de 2007, en los autos número de rol 2932-2003, 928-2005 y 5563-2005, respectivamente, que acompaña con la ritualidad procesal.

    Solicita, en definitiva, que se acoja el recurso y se anule la sentencia dictándose una de reemplazo, separadamente y sin nueva vista, que declare que no es procedente la aplicación de la sanción contemplada en el artículo 162 del Código del Trabajo, con costas;

  2. Que para unificar la jurisprudencia de los tribunales superiores de justicia respecto a una determinada materia de derecho “objeto del juicio”, atendido la forma como está concebido el recurso de que se trata, es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR