Causa nº 1156/2015 (Otros). Resolución nº 82771 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 2 de Junio de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 572418834

Causa nº 1156/2015 (Otros). Resolución nº 82771 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 2 de Junio de 2015

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2015
MovimientoRECHAZADO CASACIÓN FONDO POR MANIFIESTA FALTA DE F
Rol de Ingreso1156/2015
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación538-2014 C.A. de Arica
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-1828-2014 2º JUZGADO DE LETRAS DE ARICA
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, dos de junio de dos mil quince.

Vistos y considerando:

Primero

Que se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, que confirmó el fallo de primer grado que acogió la demanda de precario deducida por el actor.

Segundo

Que el recurrente argumenta que el fallo ha vulnerado el artículo 2195 del Código Civil y además las leyes sobre valoración de la prueba, específicamente los artículos 1712 inciso final del Código Civil y 426 del de Procedimiento Civil, solicitando se invalide la sentencia impugnada, y se dicte la de reemplazo que rechace la demanda con costas.

Tercero

Que fundamenta su recurso señalando que el fallo recurrido infringe las normas citadas, pues no habiendo acreditado la parte demandante la mera tolerancia o ignorancia de su parte, respecto de la tenencia del inmueble materia de autos, debió haberse rechazado la demanda. Añade que la sentencia carece de una apreciación idónea de la prueba rendida en estos autos, específicamente, cuestiona la falta de argumentación respecto del nexo causal existente entre el hecho probado y el presumido, lo que constituye, a su juicio, una infracción de las normas relativas a las presunciones judiciales que llevó a acoger erradamente la demanda, influyendo de este modo, sustancialmente en lo dispositivo del fallo, con el grave perjuicio consiguiente.

Cuarto

Que, para el examen del presente arbitrio, es útil señalar que este juicio se inició por la interposición de una demanda de precario, a la que se opuso el recurrente, alegando la existencia de un título que justifica la tenencia del inmueble materia de autos, específicamente, un contrato de arrendamiento celebrado de manera verbal, y con carácter de indefinido.

Quinto

Que los sentenciadores del fondo, valorando la prueba rendida, tuvieron por establecidos los siguientes hechos:

  1. La efectividad que el demandante es dueño del bien raíz materia de autos.

  2. La circunstancia que el demandado habita el inmueble en referencia.

  3. El demandado, correspondiéndole dicha actividad, no acreditó la existencia del contrato de arrendamiento que invocó como título de su tenencia.

Sexto

Que, de la lectura del arbitrio, se advierte que se pretende que se arribe a una decisión en un sentido opuesto a los...

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