Resolución nº 13077, de Corte Suprema de Chile - Sala Cuarta, 29 de Abril de 2009
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
DESPIDO. INDEMNIZACION. RESPONSABILIDAD DEL PAGO. El artículo 64 bis del Código del Trabajo, establece que el dueño de la obra o faena tiene derecho a que se le mantenga informado sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, el que, además, podrá retener de las obligaciones que tenga a favor del contratista el suma de la que es responsable subsidiariamente; puede pagar por subrogación al trabajador o institución previsional acreedora y deben ser puestas en su conocimiento las infracciones a la legislación laboral o previsional que se constaten en las fiscalizaciones que se practiquen por la Dirección del Trabajo. De esta disposición resulta que si bien el legislador ha establecido perentoriamente la responsabilidad subsidiaria para el dueño de la obra o faena, no es menos efectivo que le ha otorgado el instrumento para que éste pueda liberarse de la misma, esto es, la posibilidad de fiscalizar y obtener que sea el empleador directo el que dé cumplimiento a las obligaciones laborales y previsionales. Después de todo, el vínculo contractual que genera las obligaciones, ya descritas, fue contraído por el empleador con los trabajadores respecto de quienes el responsable subsidiario no tiene más vinculación que la de recibir la prestación de sus servicios.
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Resolución nº 13077, de Corte Suprema de Chile - Sala Cuarta, 29 de Abril de 2009
Santiago, veintinueve de abril de dos mil nueve.
Vistos:En causa rol N°3945-07 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, don Ricardo Villalobos Araos deduce demanda en contra de don Jaime Pizarro Troncoso y, subsidiariamente, en contra de Als Patagonia S.A., representada por don Ricardo Henríquez Guajardo, a fin que se declare nulo el despido de que fue objeto y se condene a los emplazados al pago de las remuneraciones, cotizaciones previsionales y demás prestaciones desde la data de aquél hasta su convalidación. En subsidio, solicita se califique la exoneración de injustifica y se ordene solucionar las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, recargo legal y demás prestaciones que indica, más intereses, re...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex Chile
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Otros documentos:
Resolución nº 24635 de Corte Suprema de Chile Sala Primera September 04 2008 | resolución nº 5590 de corte suprema de chile sala cuarta march 12 2008 | Resolución nº 12193 de Corte Suprema de Chile Sala Primera May 14 2008 | resolución nº 9262, de corte de apelaciones de valdivia - sala primera, july 24, 2008 | sentencia nº 31565 de 3ª cámara en lo civil october 28 2008 caso recurso nº 31565 de tercera cámara en lo civil del 28 de octubre de 20... | coalix s.a. | Pedido Público de Ofertas N° 99/11 | Resolución N 210/GCABA/MDUGC/11