Causa nº 4130/2001 (Casación). Resolución nº 19536 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Diciembre de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 32038243

Causa nº 4130/2001 (Casación). Resolución nº 19536 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Diciembre de 2001

Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2001
MovimientoRechaza casación en la forma y se acoge recurso casación en el fondo
Rol de Ingreso4130/2001
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, once de diciembre de dos mil uno.

Vistos:

Ante el Segundo Juzgado del Trabajo de Arica, don J.M.V.Q. y otros, deducen demanda en contra de Sociedad Exportadora Limitada, representada por don W.J.E., en su calidad de Síndico Titular Provisional, a fin que se declaren nulos sus despidos y se condene a la demandada al pago de las prestaciones que indican, más reajustes, intereses y costas.

La demandada, evacuando el traslado conferido, argumentó que comunicó a los trabajadores demandantes el término de sus servicios en virtud de las causales Nros 5 y 6 del artículo 159 del Código del trabajo, a fin que hicieran valer sus derechos ante la declaratoria en quiebra de la demandada, ya que no tiene otra opción que el cierre del establecimiento. Añade que las fechas de ingreso de los trabajadores deben ser acreditadas, al igual que su última remuneración, procedencia de feriados y diferencias de remuneración y, en cuanto a la indemnización por años de servicios y por fuero sindical, alega su improcedencia ya que, ante la quiebra de la empresa, se limitó a dar cumplimiento a la ley, sin que se aplique el artículo 174 del Código del Trabajo y ante lo dispuesto en el artículo 295 f) del mismo texto. Expuso, además, que tampoco procede aplicar el actual artículo 162 del Código del ramo.

Por sentencia de veintitrés de mayo del año en curso, escrita a fojas 72, rectificada a fojas 84, el tribunal de primer grado acogió la demanda interpuesta y declaró la nulidad de los despidos de los actores, con costas.

La demandada recurrió de nulidad formal y la Corte de Apelaciones de Arica, por fallo de veinticinco de septiembre del año en curso, que se lee a fojas 99, rechazó el recurso de casación en la forma, sin perjuicio de lo cual, actuando de oficio, invalidó la sentencia de primer grado y dictó sentencia de reemplazo, por medio de la cual acogió la demanda y declaró nulo e injustificado el despido de los actores, admitiendo el pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo, por años de servicios, por fuero sindical, remuneración de junio y julio y del feriado proporcional para dos de los demandantes, sin perjuicio de las cotizaciones, reajustes e intereses, sin costas.

En contra de esta sentencia de reemplazo, la parte demandada dedujo los recursos de casación en la forma y en el fondo que pasan a examinarse.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Recurso de casación en la forma:

Primero

Que el recurrente funda el recurso de casación en la forma en la causal contemplada en el artículo 7687 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en contener la sentencia, decisiones contradictorias. Al respecto argumenta que se contrapone decidir, por una parte, la nulidad del despido de los actores y, por la otra y al mismo tiempo, la injustificación de ese despido. Añade que si el despido ha sido válido, puede ser injustificado, pero si es nulo, no puede revestir tal naturaleza. Finaliza pidiendo la invalidación de la sentencia de que se trata y la dictación de una de reemplazo que rechace la demanda.

Segundo

Que al respecto cabe señalar que la petición contenida en el recurso en examen, ya analizada, resulta absolutamente contraria a la solicitud contenida en la nulidad de fondo que interpone a continuación, en la cual se limita a pedir que se rechace la demanda por indemnización por fuero sindical.

Tercero

Que ante tal circunstancia, no queda sino concluir el rechazo del presente recurso de casación en la forma, ya que las peticiones formuladas de la manera señalada, atentan contra la naturaleza de derecho estricto de las nulidades de que se trata.

Recurso de...

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