Causa nº 585/2010 (Casación). Resolución nº 12773 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 22 de Abril de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 212250935

Causa nº 585/2010 (Casación). Resolución nº 12773 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 22 de Abril de 2010

JuezUrbano Marín V.,Rosa María Maggi D.,S Gabriela Pérez P.
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
Número de registrocor0-tri6050000-rec5852010-tip4-fol12773
Número de expediente585/2010
Fecha22 Abril 2010
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Partes contra

Santiago, veintidós de abril de dos mil diez.

Vistos:

Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en autos rol Nº157-2007, don F.A.G. dedujo demanda en contra de Guardianes Particulares, representado por don H.S.B., a fin de que se declare que su despido fue injustificado y nulo, y se condene a la demandada a pagar las indemnizaciones, remuneraciones y prestaciones que indica, con reajustes, intereses y costas.

En su contestación, la demandada negó la existencia de una relación laboral con el actor con quien sostiene sólo hubo un vínculo de carácter civil, y sólo por período comprendido entre 2001 al 2006.

En sentencia de veinte de agosto del año dos mil ocho, escrita a fojas 203 y siguientes, el tribunal de primer grado acogió la demanda, declaró que el despido del actor fue injustificado y condenó a la demandada al pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, ésta última con el recargo del cincuenta por ciento; feriados legal y proporcional y por aplicación de lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo, las remuneraciones correspondientes al período comprendido entre la fecha de la suspensión de los servicios hasta que se acredite el cumplimiento de la obligación, sin perjuicio del pago de las cotizaciones previsionales y de salud por todo el tiempo servido, con los reajustes e intereses establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, sin costas.

La Corte de Apelaciones de Santiago, conociendo del referido fallo por la vía de los recursos de casación en la forma y de apelación interpuestos por el demandado, en resolución de once de noviembre del año dos mil nueve, que se lee a fojas 238 y siguientes, rechaz 'f3 el recurso de casación en la forma y confirmó el fallo de primer grado, sin modificaciones.

En contra de esta última sentencia, la demandada deduce recurso de casación en el fondo, a fin de que se la invalide y se dicte el fallo de reemplazo que describe.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el recurrente argumenta que la sentencia ha incurrido en dos errores de derecho. El primero, lo fundamenta en la infracción del inciso tercero del artículo 1551 del Código Civil, porque la constitución en mora del recurrente para cumplir con la obligación de descontar y enterar las imposiciones al actor, sólo habría comenzado con la dictación y posterior...

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