Causa nº 1046/2010 (Casación). Resolución nº 1046-2010 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 28 de Abril de 2010
Juez | Patricio Figueroa S.,Urbano Marín V.,Patricio Valdés A.,S Gabriela Pérez P.,Rosa Marí A Maggi D. |
Sentido del fallo | RECHAZA CASACION EN EL FONDO |
Corte en Segunda Instancia | C.A. DE SANTIAGO |
Ruc | 0000000000-0 |
Número de registro | cor0-tri6050000-rec10462010-tip4-fol13419 |
Rol de ingreso en Cortes de Apelación | 112582008 |
Fecha | 28 Abril 2010 |
Rol de ingreso en primera instancia | 9822007 |
Número de expediente | 1046-2010 |
Tipo de proceso | (Trabajo) Casación Fondo |
Partes | SERGIO OMAR ACUÑA SANZANA Y OTROS CON SALFA CONSTRUCCIONES S.A |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Santiago, veintiocho de abril de dos mil diez.
Vistos:
En autos, rol Nº982-2007, del Primer Juzgado de Letras de Santiago, caratulados ?S.A., S. y otros con Salfa Construcciones S.A?, por sentencia de primer grado de veintitrés de octubre de dos mil ocho, escrita a fojas 270 y siguientes, se acogió la demanda sólo en cuanto se condena a la demandada a pagar a los actores las sumas que se indican, por concepto de remuneraciones del mes de agosto de 2007, más reajustes e intereses, rechazándose en lo demás, la demanda, sin costas.
Se alzó la parte demandante y se adhirió a dicho recurso la demandada y una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo de veintinueve de diciembre de dos mil nueve, que se lee a fojas 331, la confirmó.
En contra de esta última sentencia, la demandada ha deducido recurso de casación en el fondo que pasa a analizarse.
Se trajeron estos autos en relación.
Considerando:
Que la recurrente estima vulnerados los artículos 455 y 456 del Código del Trabajo, artículos 1700 y 1713 del Código Civil, 399 y 342 N°1 del Código de Procedimiento Civil, alegando, en síntesis, que la sentencia atacada infringió las normas reguladoras de la prueba que rigen en materia laboral, al condenar a su parte al pago de las remuneraciones correspondientes a los días trabajados en agosto de 2007, en circunstancias que estas fueron solucionadas.
Señala que la sentencia atacada establece que no rindió probanza alguna tendiente a acreditar dicho pago, omitiendo completamente la prueba que aportó, la cual ni si quiera menciona, con la cual queda absolutamente demostrado que la remuneración por los días trabajados en dicho mes fue íntegramente p agada.
Alega que, contrariamente a lo sostenido por la sentencia, su parte rindió prueba tendiente a demostrar el pago de dichas remuneraciones, como confesional y documental, con cuyo análisis estima acreditado suficientemente la circunstancia antes señalada.
Que, como se aprecia de la lectura del libelo, la recurrente arguye como yerro la falta de análisis de las probanzas que su parte rindió en el juicio. Esta alegación es propia de un recurso de casación en la forma, de manera que, atendida la naturaleza de derecho estricto del recurso de que se trata, jamás podría dicho argumento sustentar una nulidad por razones de fondo.
Que el recurso intentado tampoco puede prosperar, puesto que el mismo se sustenta sólo en...
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