Causa nº 380/2010 (Casación). Resolución nº 380-2010 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 10 de Junio de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 212252411

Causa nº 380/2010 (Casación). Resolución nº 380-2010 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 10 de Junio de 2010

JuezJorge Medina C.,Urbano Marín V.,Rosa Egnem S.,Benito Mauriz A.,S Gabriela Pérez P.
Corte en Segunda Instancia C.A. DE SANTIAGO
Sentido del falloSENTENCIA DE REEMPLAZO
Fecha10 Junio 2010
Rol de ingreso en Cortes de Apelación120542008
Número de expediente380-2010
Número de registrocor0-tri6050000-rec3802010-tip4-fol20172
Partes HEWSTONE OLIGER MARIE CON INSTITUTO DE INVESTIGACIONES AGROPECUARIAS INIA
Ruc0000000000-0
Tipo de proceso(Trabajo) Casación Fondo
Rol de ingreso en primera instancia6512007
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)

Santiago, diez de junio de dos mil diez.

En cumplimiento con lo prevenido en el artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo:

Vistos:

Se reproduce el fallo en alzada pero se eliminan los motivos sexto y el tercero en sus letras a, b, c, d, e, f, y g.

Y teniendo, en su lugar y además, presente.

Primero

Que la demandada puso término al contrato de trabajo que la unía con la actora, fundado en la causal del numeral séptimo del artículo 160 del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que le imponía su contrato, básicamente por haber realizado trabajos para terceras personas ajenas a su ex empleador, utilizando tiempos, espacios, instalaciones, equipos, insumos y personal del Laboratorio de Biotecnología del Centro Regional de Investigación La Platina. Estas actividades eran realizadas en forma paralela a la jornada de trabajo, sin estar autorizadas por la autoridad competente y con perjuicio material para la institución que representa. Por último, se habrían sacado especies vegetales desde su lugar de trabajo sin permiso de la autoridad competente. Todas estas conductas implicaron infracción al Reglamento Interno y configuraron la causal señalada. Así aparece de la carta de término del contrato de trabajo y acompañada por ambas partes. Ratificado por el demandado, al contestar la demanda, quien agregó que las conductas descritas precedentemente, no sólo han transgredido el contrato de trabajo y el Reglamento Interno sino también los deberes ético-jurídico que se imponen a todo trabajador.

Segundo

Que correspondiéndole a la demandada el peso de la prueba, ha rendido en autos la siguiente:

A.- Documental:

Del segundo otrosí de fojas 47: 1.-Copia del Reglamento Interno del INIA, actual y vigente. 2.- Informe de Auditoría de INIA en relación a los hechos que motivaron el despido de la actora.3.-Copia del contrato de trabajo entre las partes del juicio.

Tercer otrosí de fojas 75: 4.- Copias de los comprobantes de feriados correspondientes a la actora.

  1. Confesional:

Llamada a absolver posiciones, la actora rinde la que consta del acta de fojas 183, en la que reconoce que prestó asesoría a Eprom Ltda., pero en el carácter de externa, fuera del lugar y de su jornada de trabajo y que si bien ésta solicitó los servicios de INIA, ella lo contactó con P.H., coordinador del Laboratorio de Biotecnología, para que hicieran los acuerdos, esto es, sólo actuó de nexo. Reconoce que ella sugirió que Eprom Ltda., contratara a dos personas para la actividad de multiplicar los arándanos en el Laboratorio del INIA, pero no le correspondió capacitarlos porque tenían experiencia y ella durante esos cinco días, estuvo en terreno. El trabajo que realizaba Eprom Ltda., dentro del Laboratorio también era conocido de la Directora. Debía conocer el Reglamento Interno y niega que haya realizado labores que perturbaran la marcha de la empresa.

C.T.: De fojas 189 y siguientes.

Consistente en la declaración de los testigos don M.A.D.C. y de O.S. delC.A.O., ambos participaron y elaboraron el Informe de Auditoría Interna solicitado por el Director de INIA con motivo de las irregularidades que se habían detectado en el Laboratorio de La Platina, porque se estaban ocupando las instalaciones y los insumos del Laboratorio, sin el conocimiento ni autorización de las autoridades competentes. Para la elaboración del informe señalan que entrevistaron a todos los actores, llegando a la conclusión que debía ponerse término al contrato de trabajo de la demandante. Explican que la demandada es una Corporación de Derecho Privado que para la realización de sus fines, ocupa fondos públicos. Por último, ratificaron el informe acompañado al proceso.

Tercero

Que por su parte la demandante allegó a los autos los siguientes elementos probatorios:

A.- Documental:

Pr imer otrosí de fojas 34: 1.- Contrato de trabajo y anexo, 2.- dos facturas emitidas por terceros a Eprom...

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