Causa nº 1606/2010 (Casación). Resolución nº 24706 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Julio de 2010
Juez | Urbano Marín V.,S Gabriela Pérez P.,Patricio Valdés A. |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
Número de registro | cor0-tri6050000-rec16062010-tip4-fol24706 |
Número de expediente | 1606/2010 |
Fecha | 14 Julio 2010 |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Partes | contra |
Santiago, catorce de julio de dos mil diez.
Vistos:
En autos rol N°2585-2006, seguido ante el Sexto Juzgado del Trabajo de Santiago, don M.B.B. deduce demanda en contra de P.C.S.A., representada por don P.F.S., a fin que se declare injustificado el despido de que fue objeto y se la condene a pagar las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, recargo legal y demás prestaciones que indica, con reajustes, intereses y costas.
Evacuando el traslado conferido, la demandada solicita el rechazo de la acción alegando que la exoneración del trabajador se ajustó a la causal prevista en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, esto es, por haber incurrido aquél en incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales.
En sentencia de veintisiete de diciembre de dos mil ocho, escrita a fojas 75 y siguientes, el tribunal de primer grado acogió la demanda y condenó a la empleadora al pago de las sumas que indica por concepto de indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, recargo legal, y descuento indebido por ropa, con reajustes, intereses y costas.
Se alzaron ambas partes y la Corte de Apelaciones de Santiago, por fallo de veinticinco de enero de dos mil diez, que se lee a fojas 110 y siguientes, confirmó la decisión de primera instancia.
En contra de esta última decisión, la demandada deduce recursos de casación e n la forma y en el fondo, por haberse dictado con las infracciones de ley que describe y que tuvieron influencia en lo dispositivo del fallo, a fin de que se lo invalide y se dicte el de reemplazo que indica.
Se trajeron estos autos en relación.
Considerando:
-
En cuanto al recurso de casación en la forma.
Que la recurrente funda el recurso de nulidad formal que deduce, en primer lugar, en la causal del artículo 768 N°4 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haberse otorgado más de lo pedido o extendiéndose la sentencia a puntos no sometidos a la decisión del tribunal. Explica que el demandante en su libelo señaló que su sueldo mensual consistía en $250.000 de sueldo base y $50.000 por bono de antigüedad, más $170.000 a título de bono de rendimiento de petróleo, llegando a un total de $470.000. La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia en cuyo considerando octavo negó lugar a lo solicitado por el concepto antes referido en tanto, recayendo el peso de acreditarlo en el actor...
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