Causa nº 2817/2010 (Casación). Resolución nº 26650 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 28 de Julio de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 218957318

Causa nº 2817/2010 (Casación). Resolución nº 26650 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 28 de Julio de 2010

JuezUrbano Marín V.,Patricio Valdés A.,S Gabriela Pérez P.
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
Número de registrocor0-tri6050000-rec28172010-tip4-fol26650
Fecha28 Julio 2010
Número de expediente2817/2010
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Partes contra

Santiago, veintiocho de julio de dos mil diez.

Vistos:

En estos autos rol N°18.764-08 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de S.A., don A.C.G. deduce la acción prevista en el artículo 171 del Código del Trabajo, en contra de Distribuidora Rabie S.A., representada por don R.A.M., a fin que se le ordene pagar las indemnizaciones, recargo legal y demás prestaciones que indica, más reajustes, intereses y costas, por haber incurrido la sociedad emplazada en la causal de terminación del contrato de trabajo contemplada en el artículo 160 N°7 del cuerpo legal citado. En subsidio, interpone acción por despido injustificado, sobre la base de los mismos hechos y con el objeto de obtener iguales pagos.

Evacuando el traslado conferido, la empleadora opuso la excepción de prescripción. En cuanto al fondo, pide el rechazo de la demanda principal por carecer de fundamento y de la subsidiaria, por ser incompatible con la primera.

El tribunal de primera instancia acogió la demanda, en una sentencia de fecha trece de noviembre de dos mil nueve, que fuera luego invalidada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, el cuatro de marzo del año en curso y reemplazada por el fallo dictado esta misma fecha, a fojas 165, en el que se rechazan ambas acciones, sin costas.

En contra de esta última resolución, el acto r deduce recursos de casación en la forma y en el fondo, por haber sido dictada, a su juicio, con infracciones de ley que han influido en lo dispositivo de la misma, a fin que se invalide la sentencia y se dicte la de reemplazo que detalla.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

  1. En cuanto al recurso de casación en la forma.

Primero

Que el demandante deduce la causal de nulidad formal prevista en el artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil, primeramente, en relación con los numerales 4 y 5 del artículo 458 del Código del Trabajo, esto es, haber sido pronunciada la sentencia con omisión de los requisitos legales, específicamente, el análisis de toda la prueba rendida y las consideraciones de hecho y de derecho que le sirven de fundamento. Afirma que si bien los sentenciadores analizaron en la sentencia de reemplazo algunos de los contratos adjuntos, desatendieron aquéllos que dan cuenta que él fue contratado como supervisor y que, de acuerdo a las liquidaciones de autos, tuvo remuneración como tal, con asientos como ?incentivo al supervisor de venta?, como así consta también de la convención denominada de recepción de ?equipamiento computacional para vendedores?, de fojas 69 y siguientes. Indica que...

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