Causa nº 4580/2010 (Casación). Resolución nº 36470 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 29 de Septiembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 226092043

Causa nº 4580/2010 (Casación). Resolución nº 36470 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 29 de Septiembre de 2010

JuezS Rosa María Maggi D.,Rosa Egnem S.,Patricio Valdés A.
Número de expediente4580/2010
Número de registrocor0-tri6050000-rec45802010-tip4-fol36470
Fecha29 Septiembre 2010
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)

Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil diez.

Vistos:

En autos rol Nº 483-07 del Octavo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña A.R.B.L. deduce demanda en contra del Colegio Particular Einstein, representado por don M.F.G.D., a fin que se declare que su despido ha sido injustificado, en consecuencia, se condene al demandado a pagarle las prestaciones e indemnizaciones que indica, más intereses y costas.

El demandado, evacuando el traslado conferido, solicitó rechazo de la acción deducida en su contra, con costas, alegando que no existió despido, sino que la demandante manifestó su intención de renunciar a sus cargos el día 10 de mayo de 2007, al igual que en oportunidades anteriores, lo que no concretó por escrito, sino que dijo haber sido despedida. Al día siguiente concurrió a sus labores habituales, pero se retiró alrededor de las 13:30 horas sin aviso alguno, haciendo abandono de sus funciones, por lo que se le esperó un lapso prudente y al no reincorporarse se la despidió el 23 de mayo de 2007 mediante carta certificada enviada a su domicilio, a lo que agrega que la actora hizo uso de licencia médica entre el 23 de abril y el 8 de mayo de ese año y por ello se estimó que el abandono podía ser consecuencia de una recaída, de modo que se le enviaron cartas de amonestación y luego de despido por ausencias injustificadas y abandono injustificado.

El tribunal de primera instancia, en fallo de catorce de enero de dos mil nueve, escrito a fojas 99, negó lugar a la demanda por no haberse acreditado el hecho del despido, sin costas.

Se alzó la demandante y una de las salas de la Corte de Apelaciones de Santiago, en sentencia de doce de mayo del año en curso, que se lee a fojas 122, revocó la de pri mer grado por voto de mayoría y, en su lugar, declaró injustificado el despido de la actora y condenó a la demandada a pagar indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, esta última incrementada en un 80% y haciendo aplicación de lo dispuesto en el inciso penúltimo del artículo 168 del Código del Trabajo en relación con el artículo 87 del Estatuto Docente, impuso además a la demandada el pago de las remuneraciones que correspondían a la actora desde la fecha del despido no ajustado a derecho hasta el 28 de febrero de 2008, con costas.

En contra de este último fallo, la demandada recurre de casación en el fondo, aduciendo las infracciones de ley que señala y solicitando la anulación de aquella sentencia y la dictación de una de reemplazo que de lugar a lo señalado en la contestación a la demanda o lo que se estime en derecho, con costas.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que la demandada denuncia, en primer lugar, la infracción de los artículos 1698 del Código Civil y 384 Nº 2 del Código de Procedimiento Civil, a cuyo respecto argumenta sobre la forma de valorar la prueba rendida, considerando que correspondía a la demandante probar la existencia del despido y que los testigos presentados por su parte fueron presenciales.

En segundo lugar, acusa la vulneración de los artículos 161 del Código del trabajo y 87 del Estatuto Docente, por cuanto este...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR