Causa nº 1867/2005 (Casación). Resolución nº 28818 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 8 de Noviembre de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 251250126

Causa nº 1867/2005 (Casación). Resolución nº 28818 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 8 de Noviembre de 2006

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2006
MovimientoACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE
Rol de Ingreso1867/2005
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación3231-2004 C.A. de Santiago
Rol de Ingreso en Primer Instancia-0-0
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, ocho de noviembre de dos mil seis.

Vistos:

En estos autos rol N° 2302-02, del Séptimo Juzgado del Trabajo de Santiago, doña I.R.N.C. deduce demanda en contra de la Isapre Banmédica, representada legalmente por don F.M.C., a fin que se declare injustificado e indebido el despido de que fue objeto y se condene a la demandada al pago de las indemnizaciones, recargo legal y prestaciones que indica, más reajustes, intereses y costas.

La demandada, evacuando el traslado conferido, solicitó el rechazo de la acción por no existir despido alguno sino una renuncia voluntaria de la actora a raíz de los hechos que relata, negando que se haya presionado a aquella para su suscripción.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de veintiséis de marzo de dos mil cuatro, escrita a fojas 94, acogió la demanda, sólo en cuanto, consideró injustificada la terminación de la relación laboral existente entre las partes y ordenó a la demandada pagar a la actora las indemnizaciones, recargo y prestaciones que indica, rechazando el cobro de feriado legal y la compensación solicitada por la empleadora, más reajustes e intereses y sin costas.

Se alzó la demandada y la Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo de diecisiete de marzo de dos mil cinco, que se lee a fojas 139, confirmó aquella decisión.

En contra de esta última sentencia, la demandada deduce recurso de casación en el fondo, estimando que ha sido dictada con errores de derecho con influencia en lo dispositivo del fallo, a fin que se la invalide y se dicte una de reemplazo que rechace la demanda, con costas.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el recurrente denuncia, en primer lugar, la infracció n de los artículos 1607 y 177 del Código del Trabajo, fundado en lo señalado en el voto disidente de la sentencia atacada, en cuanto a que, no obstante no haberse cumplido una formalidad en relación a la renuncia de la trabajadora, ésta igualmente consta en autos, ya que pese a que la propia demandante relata haber acudido a la Notaría a ratificar el documento que había firmado, siendo solo autorizada su firma por el Notario respectivo, el tribunal en su sentencia señala que no ha existido renuncia y califica la situación de despido injustificado. Agrega, además, respecto del mismo vicio, que la decisión de los jueces de la instancia aparece errada desde que se acreditó que la trabajadora incumplió gravemente sus obligaciones contractuales, tanto con la auditoria externa como con los dichos de sus testigos, debiendo considerarse que por el cargo y función que ejercía, la actora era quien verificaba que los datos aportados por los afiliados fueran veraces y que las bonificaciones que se hicieran fueran recibidas por quienes tienen derecho a percibirlas.

La demandada, estima vulneradas, además, las normas de los artículos 455 y 456 del Código del Trabajo, pues a su juicio, los jueces de primera ni de segunda instancia expresaron las razones que consideraron para preferir o desestimar las pruebas de autos. Lo anterior lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR