Causa nº 6290/2006 (Casación). Resolución nº 32395 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Diciembre de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 332717194

Causa nº 6290/2006 (Casación). Resolución nº 32395 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Diciembre de 2006

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2006
MovimientoINADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Rol de Ingreso6290/2006
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, catorce de diciembre de dos mil seis.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la denunciante a fojas 107.

Segundo

Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, el escrito en que se deduzca el recurso de casación en el fondo debe: ?1) Expresar en qué consiste el o los errores de derecho que adolece la sentencia recurrida, y 2) Señalar de qué modo ese o esos errores de derecho influyen sustancialmente en lo dispositivo del fallo.?

Tercero

Que del examen del libelo en análisis aparece que éste no cumple con los requisitos que la mencionada norma establece, en relación a la formalización del recurso referido. En efecto, el mismo, no indica en forma expresa y precisa las disposiciones legales que se estiman infringidas, ni explica el modo en que el o los errores denunciados han influido en lo dispositivo de la sentencia en comento.

Cuarto

Que, conforme a lo anotad o y lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 781 del Código de Procedimiento Civil, el presente recurso debe ser desestimado.

Por estas consideraciones y normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido por la denunciante a fojas 107, contra la sentencia de siete de septiembre del año en curso, escrita a fojas 103 y siguientes.

Regístrese y devuélvase, con sus agregados.

N° 6.290-06.-

Pronunciada por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señores O.Á.H., U.M.V. y J.M.C. y los Abogados...

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