Causa nº 9309/2009 (Casación). Resolución nº 8877 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 24 de Marzo de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 333038058

Causa nº 9309/2009 (Casación). Resolución nº 8877 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 24 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución24 de Marzo de 2010
MovimientoACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE
Rol de Ingreso9309/2009
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil diez.

Vistos:

En estos autos rol N°152-06, del Séptimo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, don E.N.A. deduce demanda en contra de Minepro Chile S.A., representada por don A.L.F., a fin que se ordene a ésta pagarle una serie de prestaciones, entre ellas, la indemnización por años de servicios convencional que le corresponde, con un incremento máximo de 150%, el resarcimiento por la falta de aviso previo, reajustes, intereses y costas.

Evacuando el traslado conferido, la empleadora hace presente que los montos de la reparación pretendida deben ajustarse a los límites legales y solicita el rechazo del recargo exigido por el trabajador, dado que no se cumple el presupuesto que lo justifica.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de veinticinco de agosto de dos mil ocho, escrita a fojas 288 y siguientes, acogió la demanda y condenó a la entidad emplazada al pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, ambas con un tope de 90 Unidades y recargo de 30 %, feriados legal y proporcional, todo con reajustes, intereses y costas y, asimismo, hizo lugar parcialmente a la compensación opuesta por la empresa. Finalmente, desestimó la acción reconvencional y ordenó a cada parte pagar sus costas. .

Se alzaron ambas partes y la Corte de Apelaciones de Santiago, por fallo de diecinueve de octubre de dos mil nueve, que se lee a fojas 367 y siguientes, confirmó la decisión de primer grado, con declaración que el incremento de los resarcimientos asciende a 70% y que, en lo demás, se estará al allanamiento del empleador, con costas.

En contra de esta última resolución, Minepro Chile S.A. deduce recurso de casación en el fondo, p or haber sido dictada, a su juicio, con infracciones de ley que han influido en lo dispositivo del fallo, a fin que se lo invalide y se dicte la sentencia de reemplazo que detalla.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que la recurrente denuncia el quebrantamiento del artículo 169 letra a) del Código del Trabajo por errónea aplicación, desde que, en la especie, no hubo acuerdo de las partes respecto al finiquito. Arguye que en reiteradas oportunidades esta Corte ha seguido un razonamiento lógico consistente en que el aumento previsto en el precepto fue contemplado como una sanción para el empleador que en la situación en que, existiendo consenso total de los contratantes en torno a la oferta extendida, tanto en su monto como la forma de solución, la incumple, dejando al trabajador en indefensión, y que no es suficiente para entender que se formó el consentimiento necesario, la sóla oferta contenida en la carta de despido, con la consiguiente suscripción del finiquito.

En el caso sublite ha quedado establecido que entre las partes no medió acuerdo alguno idóneo para poner término a la relación laboral en los términos señalados en la disposición y que, por lo tanto, no se configuró la hipótesis fáctica que justifica el recargo. De este modo, la referida sanción no ha podido ser aplicada sin incurrir en infracción de ley, en la modalidad de falsa aplicación respecto de las indemnizaciones indicadas en la carta de aviso y en la propuesta de finiquito, puesto que las partes nunca llegaron a firmar el instrumento y aún cuando lo hubieran suscrito con reserva de derechos, éste tampoco habría sido útil, al efecto, por no ser íntegro.

Finalmente, la recurrente describe la forma como el error denunciado influyó en lo dispositivo del fallo atacado.

Segundo

Que en la sentencia impugnada se fijaron como hechos de la causa, en lo pertinente, los siguientes:

  1. el demandante trabajó para...

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